Gestión pública de los deportes náuticos y turismo aventura

Abr 6, 2021

La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) entiende que los organismos del Estado ejercen una función fundamental en el desarrollo de cualquier actividad y los deportes náuticos no escapan a ello; por lo cual, es que se analizaron distintas realidades internacionales sobre el manejo de la actividad por parte de los […]

La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) entiende que los organismos del Estado ejercen una función fundamental en el desarrollo de cualquier actividad y los deportes náuticos no escapan a ello; por lo cual, es que se analizaron distintas realidades internacionales sobre el manejo de la actividad por parte de los entes reguladores, así como también las necesarias actualizaciones legales para poder concretar lo requerido.

Frente a esto, utilizando métodos de análisis y gestión pública, tanto organizacional como intersectorial, permitiendo por un lado, detectar oportunidades de mejora en la normativa nacional vigente que rige a los deportes náuticos y en las capacidades tecnológicas de los procesos de atención que entrega el servicio público marítimo; y por otro lado, evidenciándose el menester de trabajar articuladamente con otros organismos del Estado para el ordenamiento conjunto de un pujante estilo de turismo en cuerpos de agua del país.

Entonces, es así como a fines del año 2020, se inició la socialización nacional de una propuesta de cambios específicos al Reglamento General de Deportes Náuticos y Buceo Deportivo, buscando reforzar el tránsito desde un paternalismo estatal existente en regulaciones anteriores del tema, por un sentido de otorgar mayores atribuciones y responsabilidad al deportista náutico nacional y así, impulsar el desarrollo de esta actividad en Chile, poniendo en acción lo estipulado al respecto en la Política Oceánica Nacional, entregando de esta forma, lineamientos que permitan el fomento del citado rubro.

Actualmente, habiendo acogido las observaciones de usuarios deportivos náuticos del país y analizando realidades de otros países tanto europeos como de América, se encuentra despachado para trámite a la Subsecretaría para las Fuerzas Armada y finalmente a la Secretaría General de la Presidencia, una modificación al citado reglamento -Decreto Supremo (M) N°214, de 2015-, destacando los siguientes cambios: i) Se especifica la posibilidad del arrendamiento náutico para las naves o embarcaciones deportivas, con fines recreativos o deportivos; ii) El capitán o patrón podrá zarpar a cualquier lugar del país sin la obligación de informar a la autoridad marítima de dicho acto ni tampoco durante la navegación, debiendo solo notificar de su movimiento al club o entidad de donde zarpó; con lo que se entregan mayores responsabilidades al capitán o patrón deportivo, por ejemplo, sobre la seguridad propia y de terceros, tanto pasajeros como su tripulación, de la cual tiene plena facultad de elección; y iii) Se reconocerán las licencias y certificaciones deportivas náuticas y de buceo deportivo otorgadas en otros países o por asociaciones internacionales, de acuerdo con su equivalencia, por medio de un proceso más simple ante la autoridad marítima a nivel central, permitiéndose además, un uso solamente digital.

En paralelo al proceso del reglamento, la autoridad marítima también se encuentra implementando una nueva herramienta digital, la cual permitirá efectuar los trámites de inscripción, obtención y renovación de las licencias deportivas náuticas online, junto con poder simular un examen de dichas licencias a través de la página web de la Directemar; todo lo cual se enmarca en el Plan de Transformación Digital del Servicio Público Marítimo. Hoy por hoy, esta facilidad se encuentra en un proceso de marcha blanca a nivel nacional a través de la aplicación Edumar, disponible en el link de servicios online de citada página web de la organización, pudiendo acceder con clave única o certificado digital.

Finalmente, otro aspecto que también fue abordado es la regulación intersectorial de las actividades deportivas y recreativas náuticas de turismo aventura que se realizan en aguas nacionales impulsada por Directemar y cuya iniciativa destaca el hecho que también se involucró al Servicio Nacional de Turismo (Sernatur) y al Ministerio del Deporte, traduciéndose esta articulación gubernamental en la Circular Marítima A-41/003 (de julio de 2020), la que, aunque es una norma de la autoridad marítima, fue trabajada de manera tripartita y, por ende, involucra regulaciones de citados organismos del Estado.

Esta normativa se encuentra finalizando el proceso de marcha blanca territorial y está pronta a entrar en plena vigencia (julio 2021), efectuándose instrucciones conjuntas tanto a las gobernaciones marítimas y capitanías de puerto del país como a las direcciones regionales de Turismo, con la finalidad de dar lineamientos estandarizados como Estado a los usuarios del rubro, en pos de una práctica segura de la actividad, por parte de los prestadores de servicios y los turistas acuáticos o deportistas náuticos.

Ignacio Mardones Costa

Director general del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar).

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