Produce supervisará que pesca de cerco y arrastre en Tumbes se realice fuera de las cinco millas marinas

Ago 29, 2013

(Produce) El Ministerio de la Producción de Perú (Produce) fortalecerá la supervisión de las actividades extractivas que se realicen con redes de cerco, arrastre de fondo y de media agua en el litoral de la Región Tumbes, mediante el Decreto Supremo (DS) N° 006-2013-Produce, a fin de garantizar que se cumplan las normas dispuestas para […]

(Produce) El Ministerio de la Producción de Perú (Produce) fortalecerá la supervisión de las actividades extractivas que se realicen con redes de cerco, arrastre de fondo y de media agua en el litoral de la Región Tumbes, mediante el Decreto Supremo (DS) N° 006-2013-Produce, a fin de garantizar que se cumplan las normas dispuestas para proteger el ecosistema y el uso racional de los recursos pesqueros en ese ámbito marítimo.

Con ese propósito, la nueva reglamentación modificó el anterior DS 020-2011-Produce, la cual disponía que la pesca de cerco y arrastre de fondo y media agua en la jurisdicción de Tumbes se realice fuera de las cinco millas marinas y que se instale en las embarcaciones el Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat), acciones que no se concretaron.

Entre las principales modificaciones dispuestas por el nuevo DS N° 006-2013-Produce, se destaca que las embarcaciones pesqueras con redes de cerco ahora son consideradas embarcaciones de menor escala, por lo que realizarán sus actividades fuera de las cinco millas y serán supervisadas por el ministerio.

Acciones inmediatas

La norma establece que en un plazo de quince días hábiles, las embarcaciones de cerco y arrastre de fondo y de media agua que faenen en Tumbes, deberán tener instalado y operativo el Sisesat. Vencido este plazo, sin cumplir esta obligación, se cancelará el registro de estas embarcaciones quedando inhabilitadas para pescar y solicitar su permiso de menor escala ante el Produce.

Igualmente, estas embarcaciones tienen un plazo de 90 días hábiles para solicitar su permiso de menor escala ante la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo del Produce. De no presentarse la solicitud, se cancelará la inscripción de la embarcación en el registro del Gobierno Regional y quedará inhabilitada para pescar en la jurisdicción de Tumbes.

Para la obtención del permiso de pesca de menor escala son requisitos indispensables la instalación y operatividad de los equipos del Sisesat, la presentación de la solicitud del titular del permiso de la embarcación en el plazo establecido y no tener deudas pendientes de pago por concepto de multas con el Gobierno Regional, entre otros.

Control satelital para embarcaciones de menor escala

El Sisesat emitirá señales de posicionamiento permanente durante la faena de pesca. El costo de instalación de los mencionados equipos y el servicio de transmisión satelital, serán asumidos por los respectivos armadores.

Inspectores a bordo

Durante las faenas de pesca, los armadores de las embarcaciones de cerco y arrastre, llevarán a un inspector a bordo del Produce, otorgándole las mismas facilidades de acondicionamiento y alimentación que la tripulación. Asimismo, admitirán si así lo requiere el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), a un técnico científico para investigación biológica-pesquera.

 

Fuente: Produce

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