El segundo Tribunal Ambiental de Santiago rechazó la petición de clausura definitiva aplicada a un centro de cultivo de salmónidos de la empresa Granja Marina Tornagaleones S.A. en Puerto Montt, (Región de Los Lagos), por considerar incorrecta la tipificación y calificación de la infracción realizada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA).
Según la SMA, el proyecto incumplió la legislación al no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), ya que las actividades del centro de realizaron a 800 metros fuera del lugar autorizado por la resolución exenta N°37 del 21 de enero de 2005 que calificó favorablemente el proyecto "Centro de engorda de salmónidos sector Punta Quillaipe".
Sin embargo, revisados todos los antecedentes legales, el tribunal decidió que el incumplimiento tiene relación con la ubicación del centro, que es solo un contenido de la RCA y no con la inexistencia de una resolución ambiental
Además, el Tribunal Ambiental de Santiago, determinó que, en este caso, la clausura del centro no es una sanción, sino que se trataría de la regularización del cumplimiento de la RCA -relocalización-. Los antecedentes del caso fueron devueltos a la SMA para que fije una nueva sanción.
Fuente: AQUA