Autoridad sectorial afirmó que ordenamiento salmonicultor no pone en riesgo la sustentabilidad

Abr 9, 2015

"Ni la limitación de la creación de nuevas concesiones, ni la promoción de la salida desde el Fiordo de Aysén, pone en riesgo a la industria ni el empleo regional", afirman desde la Subpesca.

Este martes 7 de abril fue publicada en el Diario Oficial la Ley 20.434 que amplía el plazo de cierre de acceso a las concesiones de acuicultura en las regiones de Los Lagos y de Aysén, cuerpo legal que busca culminar el proceso de ordenamiento de las concesiones de salmónidos.

El principal punto de esta iniciativa aprobada por el Congreso es que se extiende el cierre de acceso a concesiones hasta el 8 de abril de 2020; mientras que entre las novedades en relación con la normativa ya existente, destaca que se termina con la posibilidad que a partir de una concesión en el Fiordo de Aysén (Región de Aysén) o Chaitén (Región de Los Lagos) se lleguen a multiplicar nuevas concesiones de acuicultura.

En una nota enviada a AQUA por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), el director zonal de esta entidad para la Región de Aysén, Hernán Rebolledo, comentó que este «verdadero privilegio» otorgado a las concesiones del Fiordo de Aysén y Chaitén fue limitado por el nuevo proyecto debido al «peligro que representaba para el ordenamiento de la acuicultura, ante la escasez de áreas apropiadas para la acuicultura disponibles».

Las declaraciones de la autoridad sectorial se pueden relacionar con algunos cuestionamientos que ha acarreado la legislación, como los de la empresa Salmones Antártica que sostiene que la nueva normativa menoscaba su potencial productivo.

[Vea aquí los descargos de Salmones Antártica]

Ocurre que el Fiordo de Aysén fue declarado corredor sanitario, esto es, un área que debería tender a quedar libre de concesiones. Así, el corredor sanitario separa una macro zona de otra de modo que ante un brote de enfermedades se prohíba el transporte desde la macro zona con el problema a otra libre, y así se controla la diseminación de la enfermedad.

Hernán RebolledoTal declaración, según lo argumentado por Rebolledo, «se realizó en el año 2012 con la aprobación previa del Comité de Expertos, que es un equipo multidisciplinario y que constituye una instancia que evalúa tanto los elementos técnico-científicos que la autoridad ha esgrimido para esta propuesta como la viabilidad económica de las mismas».

A ello debe agregarse que el concepto de corredor sanitario no obedece a las zonas que tengan un peor desempeño sanitario o mayor cantidad de cáligus, pues no se trata de una sanción ni un castigo para las concesiones que quedan en ellos, sino que el corredor sanitario es aquel que conforme con los antecedentes oceanográficos estudiados constituye una masa de agua que separa grandes áreas marinas que se comportan como unidades independientes (macro zonas).

En base a este enunciado, el director zonal adujo que la Región de Aysén cuenta con 714 concesiones (55% del total de concesiones), «por lo que ni la limitación de la creación de nuevas concesiones, ni la promoción de la salida desde el Fiordo de Aysén, pone en riesgo a la [cita align=»alignright»]La Región de Aysén presenta el 55% del total de concesiones a nivel país.[/cita]industria ni el empleo regional. Por el contrario, tratándose de una medida preventiva de nuevas crisis, como la que se produjo en 2007, se trata de una medida que asegura la sustentabilidad de la industria».

Caladeros de pesca

Por otra parte, desde el Gobierno esgrimen que acogiendo la preocupación del sector artesanal, se estableció que no se dará lugar a relocalizaciones de concesiones en los lugares donde existan caladeros de pesca, para lo cual la Subpesca deberá elaborar los informes técnicos necesarios para determinar su existencia.

«De ese modo se pretende evitar que se pongan en riesgo los lugares de extracción de los pescadores artesanales con la relocalización de las concesiones de salmónidos», concluyó el director zonal de Pesca y Acuicultura de la Región de Aysén, Hernán Rebolledo.

Para revisar en detalle lo estipulado en la Ley 20.434, descargue el siguiente archivo: Diario Oficial miércoles 7 de abril de 2015

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