Comisión de Pesca aprobó en general proyecto sobre remanente no consumidos de cuotas pesqueras

Oct 14, 2022

El texto, aprobado en su idea de legislar afecta a las pesquerías de la sardina común, sardina austral y anchoveta, en las regiones de Atacama, de Coquimbo y entre las de Valparaíso y Los Lagos; y para la merluza común y merluza austral, entre las regiones de Coquimbo a Los Lagos.

La Comisión de Pesca aprobó la idea de legislar de un proyecto que modifica la Ley General de Pesca. Su objetivo es efectuar nuevos alcances en materia de remanentes no consumidos de cuotas anuales de captura (boletín 14905).

Particularmente, afecta a las pesquerías de la sardina común, sardina austral y anchoveta, en las regiones de Atacama, de Coquimbo y entre las de Valparaíso y Los Lagos. También, se aplicará para la merluza común y merluza austral, entre las regiones de Coquimbo a Los Lagos.

El objeto del proyecto es otorgar un alivio definitivo a la actividad pesquera, esencialmente artesanal, respecto de estos remantes. Esto se llevará a cabo sin afectar la sustentabilidad de los recursos, pues se trata de una cuota ya debidamente determinada según criterios científicos. Además, con otros resguardos, tales como límites temporales y porcentuales.

El proyecto toma en consideración que la cuota global de captura tenga un mínimo del 10% de disponibilidad no capturada en el año. Igualmente, que la pesquería no se declare en condiciones de agotamiento o colapso por parte del comité científico. Por último, que el traspaso de remanentes no supere el 30% de la cuota global del año anterior.

Otros alcances de la iniciativa

La norma establece que la extracción se realizará dentro de los 90 días de captura siguientes al inicio de las temporadas respectivas del año posterior.

Señala que si las temporadas antes indicadas tuvieran inicio con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, el plazo de 90 días se contará desde su publicación en el Diario Oficial.

Dicho diagnóstico, deberá ser fundado por informe técnico emanado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Esto, sobre la base de los informes de evaluación del Instituto de Fomento Pesquero (IFOP) y refrendado mediante decreto exento.

Acota que, existiendo remanente, las capturas efectuadas en el año antes de la entrada en vigencia de la ley y las que se realicen desde ese momento, se imputarán automáticamente por parte del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura a dicho remanente. Solo una vez consumido o vencido el plazo anterior para su captura, se imputarán al año calendario en curso.

Además, pretende que dichas reglas se apliquen respecto de la fracción artesanal de la cuota global sometida al Régimen Artesanal de Extracción. Lo anterior se realizará sin perjuicio de la aplicación de otras medidas de administración, según las reglas generales.

Fotografía: Cámara de Diputadas y Diputados

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