Convocan a ONGs para representación sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos

Mar 5, 2024

La Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA) entró en vigor en 1982 como parte del Sistema del Tratado Antártico y su objetivo es la conservación de la vida marina del Océano Austral.

En el marco del acuerdo internacional de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, la División de Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) están realizando una convocatoria para integrar la Sección Nacional de esta instancia, lo cual se encuentra cristalizado en el decreto N°19 de Minrel del año 2023.

En ese sentido y tras un proceso de revisión de antecedentes, se seleccionarán a «dos representantes de organizaciones no gubernamentales, con personalidad jurídica sin fines de lucro, con trayectoria en la conservación de los recursos vivos marinos antárticos, las que serán designadas por acuerdo de la Sección Nacional, por un plazo de dos años, previa aceptación de sus funciones».

La Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA) entró en vigor en 1982 como parte del Sistema del Tratado Antártico y su objetivo es la conservación de la vida marina del Océano Austral.

El plazo para postular a esta convocatoria se extiende 30 días desde la fecha en que se ha efectuado el presente llamado. Todo el detalle de esta información se encuentra contenido en la siguiente comunicación

Información emanada desde Minrel

Con fecha 26 de octubre de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial el decreto N°19, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece el Estatuto Chileno Antártico sobre la Organización y Funcionamiento de las Secciones o Comités Nacionales Antárticos.

El artículo 5° del decreto N°19, establece quienes integrarán la Sección Nacional de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, prescribiendo en la letra k) del citado artículo que, la integrarán «dos representantes de organizaciones no gubernamentales, con personalidad jurídica sin fines de lucro, con trayectoria en la conservación de los recursos vivos marinos antárticos, las que serán designadas por acuerdo de la Sección Nacional, por un plazo de dos años, previa aceptación de sus funciones».

Las organizaciones no gubernamentales que cumplan con los requisitos señalados en el artículo 5°, del decreto N°19, y que deseen participar, tendrán un plazo de 30 días desde la fecha en que se ha efectuado el presente llamado para hacer llegar por escrito su solicitud de inscripción, así como para proponer su representante, al director de la División de Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien se desempeña como secretario ejecutivo de la Sección Nacional de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos.

La solicitud de inscripción deberá ir acompañada de los antecedentes que acrediten la personalidad jurídica sin fines de lucro y la trayectoria en materias relativas a la conservación de los recursos vivos marinos antárticos.

Para lo anterior, deberán hacer llegar el expediente con la información a la dirección: Teatinos 180, quinto piso, División de Asuntos Antárticos, Santiago, Chile.

Los integrantes de la Sección Nacional de la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, ejercerán sus funciones ad-honorem, sin que las mismas impliquen la creación de cargos públicos.

Fotografía: INACh.

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