Tribunal Ambiental rechaza reclamos a instalación de piscicultura en lago Rupanco

Jul 22, 2015

Los reclamantes -23 propietarios del sector Puerto Chalupa del lago Rupanco y dos comunidades indígenas, todos de la comuna de Puyehue- buscaron el pronunciamiento del Tribunal sobre una serie de actos administrativos que otorgan el permiso ambiental al proyecto Piscicultura Rupanco.

En la causa «Beltrán Buendía y otros con Comisión de Evaluación Ambiental Los Lagos y Servicio de Evaluación Ambiental Los Lagos (COEVA)», que aborda controversias ambientales en torno a la construcción de una piscicultura en el lago Rupanco, Región de Los Lagos, el Tercer Tribunal Ambiental -con asiento en la ciudad de Valdivia y cuya labor es resolver las controversias medioambientales que se produzcan en las regiones del Biobío, de La Araucanía, de los Ríos, de Los Lagos, de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y de Magallanes y de la Antártica Chilena- resolvió rechazar en todas sus partes la petición de los reclamantes, que solicitaba la declaración de nulidad de la Resolución Exenta N° 278/2014 del director del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Los Lagos.

En su argumentación, el Tribunal sostiene que «la solicitud de invalidación se presentó faltando trece días para el vencimiento del plazo de dos años que el legislador establece para el ejercicio de la potestad. Si bien esta aún se encontraba vigente al ser solicitada la invalidación, no puede estimarse que dicha solicitud se haya formulado de manera que permita un ejercicio razonable de aquella».

En su presentación del 12 de enero de 2015, los reclamantes, 23 propietarios del sector Puerto Chalupa del lago Rupanco y dos comunidades indígenas, todos de la comuna de Puyehue, buscaron el pronunciamiento del Tercer Tribunal sobre una serie de actos administrativos que otorgan el permiso ambiental al proyecto Piscicultura Rupanco. En su argumentación aducen que dicho proyecto «podría generar olores y vectores, sumado a lodos y residuos sólidos generados, a lo que se sumaría la circulación de un número no estimado de camiones por la ruta U-465, la que solo posee una vía de tránsito por tierra».

El proyecto, según la reclamación, consistiría en una piscicultura de 47 estanques circulares de 250 metros cúbicos de volumen, emplazada en 2 hectáreas dentro del Fundo El Parrón, en la costa Noreste del lago Rupanco, sector Puerto Chalupa, comuna de Puyehue, Provincia de Osorno. Contempla la extracción de 3.000 litros de agua por segundo desde el lago, mediante tecnología de ciclo abierto, consistente en un sistema de succión y restitución, sin recirculación de agua, permitiendo producir 700 toneladas anuales de salmónidos. El proyecto contará con bodegas de residuos peligrosos y sustancias químicas, oficinas, estanques de ensilaje de 6.000 litros, reconociéndose por defecto una mortalidad diaria en máxima producción, de 150 kilos con una frecuencia de retiro de 30 días.

En su fallo, además, el Tribunal estipula que solo admite su competencia para conocer de la reclamación deducida en contra de la Resolución Exenta N° 278/2014 de la COEVA Región de Los Lagos (9 de mayo de 2014), e indica que «no corresponde a este Tribunal el conocimiento del resto de las reclamaciones interpuestas, por lo que se declara incompetente para conocer de las peticiones que solicitaban la declaración de nulidad de: (a) la Resolución Exenta N° 316/2012 de la COEVA Región de Los Lagos, que calificó ambientalmente favorable el proyecto Piscicultura Rupanco; (b) de la Resolución Exenta N° 539/2014 del director regional del SEA Los Lagos, que resuelve no hacer lugar al recurso de reposición deducido en contra de la Resolución Exenta N° 278/2014 del mismo director; y (c) de la Resolución Exenta N° 1126/2014 del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, que resuelve no admitir a trámite el recurso jerárquico contra la Resolución Exenta N° 278/2014 del director del SEA de la Región de Los Lagos».

Haga clic aquí para revisar el expediente completo.

Mientras que para leer el detalle «sobre la tramitación y la cuestión alegada» publicada por el Tribunal, descargue el siguiente documento: Causa R-10-2015

A continuación vea el video de la audiencia de alegatos realizada en dependencias del Tercer Tribunal Ambiental en Valdivia, a las 10:00 hrs. del martes 17 de marzo de 2015:

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