Operación Renta: Expertos plantean posponer el proceso y aclarar medidas de liquidez para pymes

Mar 23, 2020

En cuanto al avance del coronavirus en Chile, el panorama económico de Chile recae en complejidades de logísticas y capacidad de atención, plazos y modificaciones tras la nueva Reforma Tributaria. En este sentido, el SII extendió el plazo hasta el 27 de marzo para la Declaración Jurada Nº1887.

El efecto coronavirus Covid-19 en Chile llevó a que esta semana se pasara a nuevas fases de la enfermedad y a que las autoridades declararan estado de excepción constitucional de catástrofe; así, el escenario sigue siendo complejo e incierto en muchos aspectos de distinta índole, siendo la salud el foco prioritario y el panorama económico otro de los más inquietantes. Precisamente, en medio de todas las interrogantes y preocupaciones, la Operación Renta 2020 -correspondiente a rentas obtenidas durante el 2019- no queda ajena a dudas en torno a su desarrollo y variaciones.

La directora de la Escuela de Auditoría de Universidad de Las Américas, Viviana Puentes, repasa las principales contingencias que ha tenido el proceso y cómo podría seguir estando sujeto a modificaciones, puesto que “desde que se publicó -el 24 de febrero- la Ley 21.210 de la nueva Reforma Tributaria y que tiene vigencia desde el 1 de enero de este año, ya afectaba en puntos específicos a la Declaración de Renta 2010 con sus artículos transitorios”.

Afirma que “esta nueva contingencia acarreada por el coronavirus afecta, en primer lugar, en la posibilidad de acercarse o no a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos (SII) a realizar la declaración, ya que obviamente se verá disminuida la capacidad de atención masiva”. Además, “influyen las medidas para enfrentar el problema de liquidez de las pymes, pues se sabe que el titular de la cartera de Hacienda está estudiando medidas específicas de facilitación en pagos, postergación de IVA y Operación Renta, aunque hasta el momento no ha habido información oficial”.

La académica valora que un día antes que venciese el plazo para la Declaración Jurada N°1887 -prevista para el 19 de este mes- el SII publicara la resolución N°30 para establecer mayor tiempo a los empleadores para presentarla. “En esa declaración se entrega toda la información de rentas recibidas por sueldos de los trabajadores”, aclarando que el nuevo plazo vence el viernes 27 de marzo.

A juicio de Claudio Bustos, abogado socio de Bustos Tax & Legal, “sería una buena iniciativa postergar la Operación Renta para junio de 2020 o, al menos, otorgar más plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas, o no aplicar las multas por la presentación atrasada de las mismas”.

El abogado tributario considera que para apoyar a empresas que vean paralizadas sus actividades o tengan un funcionamiento más ralentizado, especialmente las pequeñas y medianas, algunas franquicias o facilidades que podrían implementarse desde el punto de vista tributario serían “suspender el pago de Pagos Provisionales Mensuales (PPM) durante los meses de la contingencia; anular el pago de IVA durante este tiempo para aquellas empresas que no tengan remanente de crédito al cual imputar el débito; y cancelar la presentación de las Declaraciones Juradas estos meses u otorgar un plazo mayor”.

Diferencias técnicas

Técnicamente, comparando el proceso de Operación Renta con el de 2019, existen algunas modificaciones que determinó la Ley 21.210, tales como “el pago de impuesto único de 40% sobre gastos rechazados y otras partidas; pago de impuesto de primera categoría sobre diferencia positiva de renta líquida imponible, por rectificación del capital propio tributario; y el pago de un impuesto único y sustitutivo de 20% sobre diferencia de capital propio tributario”, detalla la directora de la Escuela de Auditoría de Universidad de Las Américas.

Además, plantea que se debe considerar el reintegro de devolución anticipada de impuesto a la renta, pues “recordemos que las pymes podían solicitar hasta el 28 de febrero anticipo de su devolución de renta, cálculo basado en los pagos de PPM realizados en el año. También hay rebaja de la depreciación instantánea, por el 50% o el 100% del valor de adquisición del bien físico del activo inmovilizado, utilizado en el ejercicio; y como la Ley 21.210 trae un cambio en los regímenes generales, se eliminan y sólo queda el régimen semi integrado como 14 A”, advierte.

En base a lo anterior, el socio de Bustos Tax & Legal recomienda estar pendientes y mantenerse informados de nuevas decisiones relacionadas al proceso, dado que el escenario cambia y se evalúa diariamente.

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