Reanudan pesca de merluza en la Región de Tumbes

Dic 16, 2013

La captura de merluza estaba suspendida en esa franja mientras el Imarpe realizaba pesca exploratoria del recurso para determinar la presencia de juveniles.

(Produce) A partir de las 00:00 horas del domingo 15 de diciembre, el Ministerio de la Producción (Produce) informó que las embarcaciones que capturan merluza podrán reanudar sus actividades extractivas en la zona comprendida entre la Punta Sal y Punta La Negra, en la Región de Tumbes.

El ministerio dispuso mediante la Resolución Ministerial N° 351-2013-Produce, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el reinicio de la pesca de merluza en esa zona del litoral, atendiendo a la recomendación científica que formula el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) en su “Informe de pesca exploratoria de merluza con embarcaciones arrastreras entre Punta Sal y Punta La Negra”.

La captura de merluza estaba suspendida en esa franja mientras el Imarpe realizaba pesca exploratoria del recurso para determinar la presencia de juveniles.

Según el informe científico, en el área explorada la merluza presentó una estructura por tallas con un rango entre 20 y 65 cm de longitud total, con una talla media de 29,2 cm de longitud total y moda en 26 cm de longitud total, entre otros resultados.

De esta manera, el Imarpe recomendó el reinicio de las actividades extractivas entre los paralelos 04°00´ y 06°00´ Latitud Sur manteniéndose un estricto control sobre la incidencia de individuos menores a los 28 cm, a fin de tomar las medidas precautorias pertinentes.

Seguimiento y control

Es importante indicar que el Imarpe efectuará un estricto seguimiento de la incidencia de individuos menores a los 28 cm en las actividades extractivas del recurso merluza, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción, las medidas de ordenamiento pesquero que garanticen la sostenibilidad del recurso.

El seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones durante las actividades extractivas, se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital, sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la dirección General de Supervisión y fiscalización y las Direcciones Regionales de la Producción.

Quienes incumplan con lo dispuesto en la Resolución Ministerial serán sancionados conforme a lo establecido en la Ley General de Pesca, su reglamento y el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (Rispac).

Procesamiento

El procesamiento de la merluza solo se podrá realizar en aquellas plantas que tengan licencia de operación vigente y los titulares hayan suscrito el Convenio de Fiel y Cabal Cumplimento.

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