Se concreta prohibición de pesca de arrastre en montes submarinos

Feb 24, 2015

A diferencia de otros ecosistemas marinos, los que se encuentran en los montes submarinos son extremadamente frágiles a perturbaciones provocadas por la pesca, es por eso que son conocidos como Ecosistemas Marinos Vulnerables.

Hasta ayer lunes 23 de febrero, la prohibición de realizar pesca de arrastre de fondo en los montes submarinos establecida en la ley de pesca era letra muerta, debido a que no había registro oficial de los mismos, por lo que era imposible protegerlos. La resolución 451 publicada el sábado recién pasado menciona cada uno de ellos, estableciendo su ubicación y área.

De acuerdo con este catastro, existen 117 montes submarinos que están en aguas bajo jurisdicción de Chile, cuatro de los cuales ya se encontraban protegidos pues están ubicados dentro del Parque Marino Motu Motiro Hiva. Los 113 montes submarinos restantes que serán protegidos con esta resolución totalizan un área de 68.065,63 km2, lo que equivale a 4,4 veces la superficie de la Región Metropolitana y es casi tres veces el área de reserva para la pesca artesanal de 5 millas entre el límite norte del país y Chiloé.

Los montes submarinos albergan ecosistemas únicos y poco conocidos, donde es frecuente encontrar corales y esponjas de aguas frías y profundas, peces que logran vivir por sobre los 120 años, individuos que viven en total oscuridad y generan su propia luz y otras especies aun no descritas por los científicos. A diferencia de otros ecosistemas marinos, los que se encuentran en los montes submarinos son extremadamente frágiles a perturbaciones provocadas por la pesca, es por eso que son conocidos como Ecosistemas Marinos Vulnerables.

«Lo que estamos haciendo es notable y no tiene precedentes. Chile está conservando el 100% de los ecosistemas marinos que se desarrollan en sus montes submarinos, lo que demuestra el compromiso efectivo con la conservación de la biodiversidad marina y el avance en la agenda de gobierno en esta materia», indicó el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Raúl Súnico.

«Esta medida se suma a la ampliación de la veda de septiembre entre las regiones de Coquimbo y Biobío para la pesquería de arrastre de fondo de camarón y langostinos, el mejoramiento de las redes de pesca en la misma pesquería, y otras medidas similares que seguiremos trabajando para dar fiel cumplimiento al programa de Gobierno de la Presidenta Bachelet. No obstante, hay que enfatizar que principalmente esta es una medida de conservación que protege un patrimonio natural único, y en muchos casos prístino, es por eso que es de beneficio para todas y todos los chilenos», concluyó Súnico.

La Ley General de Pesca y Acuicultura, modificada mediante la Ley N° 20.657, incorpora la protección de los ecosistemas marinos vulnerables en las aguas jurisdiccionales de la nación, entre los que están los montes submarinos, estableciendo en su Artículo 5°, inciso tercero, que tratándose de montes submarinos, no se permitirá la pesca de fondo, a menos que exista una investigación científica realizada de acuerdo al protocolo y reglamento a que se refiere el artículo 6° B, que demuestre que la actividad de pesca no genera efectos adversos sobre los ecosistemas marinos vulnerables presentes en el área.

Sin embargo, la ley no establece el número, posición y área geográfica que cubren los montes submarinos de Chile que requieren una protección especial a la pesca de fondo, y en especial a la pesca de arrastre de fondo. A través de esta resolución la subsecretaria está llenando este vacío..

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