Se publica en el Diario Oficial modificación al Reglamento del SEIA

Feb 2, 2024

Desde el jueves 1, todos los proyectos de inversión que ingresen al Sistema de Evaluación deberán someterse a los nuevos requisitos.

El jueves 1, recién pasado, se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo (DS 30/2023), que modifica el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), para hacerlo consistente con las obligaciones que impone la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú.

De esta manera, y a partir de esta fecha, todos los proyectos de inversión que ingresen a evaluación ambiental deberán someterse a los nuevos requisitos que allí se establecen, para lo cual el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) actualizó sus plataformas tecnológicas, en especial el e-SEIA.

Cabe señalar que el actual reglamento es del año 2012, y había sido modificado por última vez el 2014. Por lo tanto, se hacía necesario y obligatorio modernizarlo, trabajo al cual se abocó el Ministerio del Medio Ambiente con la colaboración del SEA durante el 2023 y que hoy se materializa con la publicación del DS 30/2023.

El ministro (s) Maximiliano Proaño explicó que “resultaba necesario actualizar este reglamento con consideraciones que vayan acorde a los avances que ha tenido el país en estos años, especialmente en cuanto al Acuerdo de Escazú y la Ley Marco de Cambio Climático. Estos cambios nos van a permitir proteger mejor el medioambiente, incorporar a la ciudadanía y hacer una evaluación ambiental eficiente”. Proaño agregó que «el Servicio de Evaluación Ambiental ha tomado todas las medidas para entregar completa certeza sobre estas modificaciones, de forma de tener una ágil y fácil implementación”.

Por su parte, la directora ejecutiva del SEA, Valentina Durán, sostuvo que “necesitamos un SEIA moderno y eficiente, que dé certezas a todos los actores en la implementación de estas importantes políticas de Estado, como son la mitigación y adaptación al cambio climático y la garantía transparencia y acceso a la participación ciudadana informada. Esta modificación va en línea con las recomendaciones que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ya nos había formulado en el marco de la Evaluación de Desempeño Ambiental de nuestro país, con miras a alcanzar los estándares de los demás países miembros de la organización”.

Esta modificación al reglamento tiene dos ejes principales: la incorporación de la variable del cambio climático en la evaluación de impacto ambiental, en cumplimiento de la Ley Marco de Cambio Climático promulgada el 30 de mayo de 2022, y el fortalecimiento del acceso a la información y la participación ciudadana en materia ambiental, en cumplimiento del Acuerdo de Escazú cuya promulgación fue publicada en el Diario Oficial el 25 de octubre de 2022.

Estos ejes se ven reflejados en medidas como la consideración de la relación de los proyectos con los planes sectoriales de adaptación al cambio climático; el fortalecimiento de los planes de Prevención de Contingencias y de Emergencias considerando los instrumentos de gestión del riesgo de desastres; el uso de lenguaje sencillo, directo y de fácil comprensión para el público tanto en el nombre de los proyectos como en su formulación; y medidas como la instalación de carteles en el sitio del proyecto ubicados en lugares visibles para la comunidad, entre otras.

Fotografía referencial: Fundación Chinquihue

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