Tribunal Ambiental de Santiago acogió reclamación de Arica Seafoods contra SMA

Dic 22, 2014

La sentencia dejó sin efecto la resolución sancionatoria de la SMA.

El Tribunal Ambiental de Santiago, por unanimidad de sus ministros, acogió la reclamación presentada por Arica Seafoods S.A. contra la multa que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) le aplicó por dos infracciones: incumplimientos a la Resolución de Calificación Ambiental y a la solicitud de información realizada por el ente fiscalizador.

La sentencia dejó sin efecto la resolución sancionatoria de la SMA, “para que dicho organismo, en lo que respecta al permiso sanitario, remita los antecedentes a la Seremi de Salud para que, en caso que proceda, inicie el correspondiente procedimiento sancionatorio sectorial; y en lo que respecta a la infracción al requerimiento de información, dicte una nueva resolución que la califique correctamente y proceda a determinar la sanción que corresponda de acuerdo a los criterios del artículo 40, debidamente motivados”.

Tras recibir una denuncia de la Seremi de Salud de Arica y Parinacota respecto a que la empresa operaba sin contar con una autorización sectorial respectiva, la SMA inició el procedimiento administrativo sancionatorio de rigor, determinando una multa total de 8 UTA por dos infracciones del proyecto “Instalación de Planta Procesadora de Productos del Mar” de Arica Seafoods S.A.

Respecto de esa decisión, reclamó la empresa ante el Tribunal Ambiental de Santiago, solicitando dejar sin efecto la multa, “declarándose que ambas infracciones son de carácter leve; y que, en consecuencia, procede amonestación por escrito, o rebaja de la multa al mínimo, o, en su defecto, lo que este Tribunal estime procedente”.

El Tribunal determinó que la Superintendencia era incompetente para conocer la infracción a la RCA, la que además no logró ser acreditada, pues los antecedentes del procedimiento sancionatorio eran insuficientes para confirmar el incumplimiento.

“La visita inspectiva que permite constatar la supuesta infracción a la RCA por parte de Arica Seafoods, se efectúa con fecha 13 de diciembre de 2012, en tanto que las facultades de la SMA entran en plena vigencia el 28 de diciembre del mismo año. De ese modo, el hecho denunciado por la Seremi de Salud corresponde a un posible incumplimiento constatado en el tiempo intermedio, correspondiendo su fiscalización a los órganos del Estado que a esa fecha ejercían las competencias correspondientes”, dice la sentencia.

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