Desde el 1 de enero rige la obligatoriedad de certificación de desembarque

Dic 31, 2013

La medida será extensiva para las naves de pabellón extranjero que desembarquen en puertos nacionales autorizados; y naves o embarcaciones nacionales que desembarquen en puertos extranjeros.

(Sernapesca) A partir del 1 de enero de 2014 entrará en vigencia la obligatoriedad de certificar la información de desembarque para todas las naves pesqueras industriales, lanchas transportadoras y embarcaciones pesqueras artesanales de doce metros de eslora o más. La certificación será realizada por una entidad auditora acreditada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), y tiene como finalidad verificar la información de los desembarques que declaran los armadores y titulares de autorizaciones de pesca.

La medida será extensiva para las naves de pabellón extranjero que desembarquen en puertos nacionales autorizados; y naves o embarcaciones nacionales que desembarquen en puertos extranjeros.

Así lo comunicó el director nacional de Sernapesca, Juan Luis Ansoleaga, quien explicó que la medida busca conocer de mejor forma el esfuerzo que se realiza sobre cada pesquería y crear valor agregado para los productos pesqueros del país.

“Los mercados internacionales son cada día más exigentes respecto a la calidad de los productos pesqueros que compran. Cada vez son más los países que exigen productos certificados y con una completa trazabilidad, que les permita conocer todo el recorrido de ese producto, desde la zona donde fue extraído, hasta que llega a las góndolas de sus supermercados, pasando por los puntos de desembarque, plantas de proceso y transporte”, comentó Ansoleaga.

Campaña de difusión

Con el fin de explicar los fundamentos de esta medida y los procedimientos a seguir, Sernapesca se encuentra terminando una campaña nacional de difusión (iniciada en abril) sobre la certificación de los desembarques, la que incluye capacitaciones a los usuarios explicando sus derechos y deberes asociados a la certificación.

En estos talleres se explica que antes de la recalada, los usuarios deben solicitar el servicio de certificación por parte de la entidad certificadora correspondiente a su macrozona. Posteriormente cada armador o titular debe pesar su desembarque en un equipo inscrito en el Registro de Sistemas de Pesaje Habilitados de Sernapesca.

Una vez prestado el servicio de certificación, la entidad auditora emite una factura con copia a las direcciones regionales de Sernapesca, la cual debe ser cancelada por el usuario mediante un depósito en la Cuenta Corriente Única y Fiscal habilitada para tal efecto, en cualquier sucursal de BancoEstado o en la dirección regional correspondiente a la región donde se realizó el proceso de certificación.

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