Salmonicultora gana juicio contra Inspección del Trabajo

Dic 22, 2016

La salmonicultora no reconoció al nuevo sindicato, lo que originó la denuncia que fue desestimada.

(El Mercurio) El holding AquaChile, la mayor compañía salmonicultora de capitales chilenos, ganó un juicio por supuestas prácticas antisindicales denunciadas por la Inspección del Trabajo de Puerto Montt, con condena en costas.

El Juzgado de Letras del Trabajo de esa comuna de la Región de Los Lagos decidió rechazar una acción dirigida contra la empresa ligada a las familias Puchi y Fischer. La denuncia consistía en el supuesto no reconocimiento a la constitución de una organización sindical dentro de la compañía -el sindicato número dos, compuesto por César Bahamonde (presidente), Fabián Costella (secretario) y Daniela Bravo (tesorera)-, tras lo cual fue acusada por sus integrantes de vulnerar el derecho a la libertad sindical.

En tanto, la empresa se opuso al reconocimiento del sindicato, debido, en parte, al actuar del organismo. Por ejemplo, Bravo solicitaba autorizaciones de salida a través de un procedimiento distinto al regular, según la salmonicultora. A su vez, no se dirigía al Departamento de Recursos Humanos, en circunstancias de que sí debía hacerlo. Esto se suma a que dos de los integrantes del cuerpo -Bahamonde y Costella- ya no formaban parte de los trabajadores de la compañía.

El tribunal decidió que la creación del sindicato tuvo como único objeto dotar de fuero sindical a trabajadores que habían sido previamente desvinculados de la empresa. El órgano judicial determinó que, al tiempo de su despido, los denunciantes formaban parte de otro sindicato -denominado como sindicato número uno- que estaba en proceso de elecciones de su directiva.

El juzgado argumentó que en el caso existió un ejercicio abusivo del derecho a la libertad sindical, ya que el único objeto de constituir el sindicato era darles una protección no establecida en el ordenamiento jurídico a sus integrantes.

Además, dictaminó que, al momento de su despido, los denunciantes no habían realizado acción alguna para constituir un nuevo organismo sindical. Asimismo, el tribunal determinó que el sindicato no obedeció a la finalidad propia de un sindicato, que es representar y defender los intereses individuales y colectivos de sus asociados.

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