La Contraloría Regional de Valparaíso concluyó que la resolución exenta N° 2.563 de 2025 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) «no se ajustó a derecho», cuestionando el mecanismo impulsado durante la administración anterior para incorporar nuevos armadores artesanales a distintas pesquerías del país.
El dictamen se originó tras una presentación realizada por Sonapesca y diversas organizaciones de pescadores artesanales, quienes plantearon que la medida vulneraba la Ley General de Pesca y Acuicultura al abrir el acceso a pesquerías que se encontraban en estado de plena explotación y bajo régimen de cierre para nuevos ingresos.
Cabe recordar que el Registro Pesquero Artesanal (RPA) constituye el catastro oficial que habilita el ejercicio de la pesca artesanal con fines comerciales. Su objetivo es ordenar, controlar y contribuir a la sustentabilidad de la actividad pesquera en el tiempo.
Según los antecedentes expuestos en el dictamen, la resolución permitió la incorporación de nuevos pescadores artesanales en pesquerías como jurel, jibia, reineta, langostino amarillo, langostino colorado, camarón nailon y merluza de cola.
La Contraloría determinó que la Ley N° 21.752, utilizada como fundamento para la medida, modificó únicamente el fraccionamiento de cuotas entre los sectores artesanal e industrial, pero no facultó la reapertura de pesquerías cerradas ni la modificación del régimen de inscripción en el Registro Pesquero Artesanal.
Asimismo, el organismo fiscalizador observó que no se habrían cumplido todas las exigencias contempladas en la Ley General de Pesca y Acuicultura para este tipo de procedimientos. Entre ellas, mencionó la necesidad de efectuar consultas previas a los Consejos Zonales de Pesca y a los respectivos Comités de Manejo.
Además, la Contraloría señaló que la medida carecía de suficiente sustento técnico y que no se ajustó a los procedimientos establecidos en la normativa vigente.
En su resolución, el órgano contralor instruyó a la actual Subsecretaría de Pesca y Acuicultura adoptar las medidas que correspondan para corregir la situación observada, recordando la facultad invalidatoria contemplada en el artículo 53 de la Ley N° 19.880, mecanismo que permite dejar sin efecto actos administrativos ilegales. Para ello, otorgó un plazo de 15 días hábiles para informar las acciones adoptadas.
Al respecto, el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Osvaldo Urrutia, afirmó que el pronunciamiento del organismo fiscalizador confirma que la medida cuestionada carecía del respaldo normativo correspondiente.
“El informe de la Contraloría confirma que se adoptó una medida profundamente irresponsable, pues abrió un registro que generó expectativas en miles de pescadores artesanales sin contar con el respaldo normativo correspondiente. Al mismo tiempo, se pasó por encima de muchos otros pescadores que realizaron sus trámites y procesos cumpliendo las reglas vigentes y dentro del marco legal establecido. Como Subsecretaría, vamos a cumplir y adoptar todas las medidas instruidas por la Contraloría, asumiendo que se trata de una ilegalidad cometida por la administración anterior”, expresó la autoridad.
Asimismo, agregó que la instrucción del organismo consiste en invalidar el acto administrativo cuestionado, aunque aseguró que la Subsecretaría buscará minimizar los efectos que esta situación pueda generar sobre los pescadores artesanales involucrados.
“La orden de la Contraloría consiste en invalidar el acto respectivo. Sin embargo, también queremos ser claros: realizaremos todos los esfuerzos a nuestro alcance para que esta situación, a largo plazo, tenga el menor impacto posible sobre los pescadores artesanales, quienes no son responsables de las decisiones administrativas que originaron este problema. Nuestro compromiso es actuar con responsabilidad, apegarse a la ley y resguardar los intereses del sector pesquero artesanal”, sostuvo Urrutia.
El pronunciamiento de la Contraloría establece que la resolución fue dictada sin acreditar requisitos considerados obligatorios por la legislación vigente y ordena a la autoridad sectorial informar las medidas que adoptará para dar cumplimiento a lo instruido por el organismo fiscalizador.
Fotografía: Contraloría