Flota española desconoce cómo aplicar la política de descartes a dos días de que entre en vigor

Dic 29, 2014

(http://www.laopinioncoruna.es/) La actividad de algunas flotas de España cambiará radicalmente en tan solo dos días. El próximo 1 de enero entra en vigor la prohibición de los descartes incluida en la reforma de la Política Pesquera Común (PPC), por la que los pescadores deberán descargar en puerto la totalidad de sus capturas. Las organizaciones afectadas, […]

(http://www.laopinioncoruna.es/) La actividad de algunas flotas de España cambiará radicalmente en tan solo dos días. El próximo 1 de enero entra en vigor la prohibición de los descartes incluida en la reforma de la Política Pesquera Común (PPC), por la que los pescadores deberán descargar en puerto la totalidad de sus capturas. Las organizaciones afectadas, sin embargo, desconocen todavía qué van a hacer con las especies con poco valor comercial, algo que resulta «incomprensible» a escasos días de la entrada en vigor de la normativa. «¿Tenemos la infraestructura necesaria para acoger todos los descartes que van a llegar a puerto?¿Para qué se usarán si no tienen valor comercial?», se pregunta presidente de la Federación Galega de Confrarías, Tomás Fajardo.

Los primeros en enfrentarse a esta prohibición son los pesqueros que capturan pelágicos, como jurel, caballa o anchoa. Entre ellos se encuentran los cerqueros.

En el Atlántico (entre el golfo de Cádiz y la zona Noroeste), se admitirán los descartes hasta que se llegue al 5% de la cuota asignada para los pesqueros de xarda y de jurel y del 2% para anchoa, según aclara el propio Fajardo. «Tendremos que anotar correctamente los descartes realizados en el diario de a bordo hasta llegar a ese 5% conjunto. A partir de ahí tienen que ser llevados a puerto», explica.

«En este sentido los cerqueros cuentan con la posibilidad de abrir el copo para soltar las especies que no son su objetivo, con lo que no contarían como descarte según la legislación», concreta el presidente de la Federación Galega de Confrarías.

La normativa también estipula que los ejemplares que no lleguen a la talla mínima no podrán comercializarse (en el caso de conseguir algún valor) para consumo humano directo, por lo que está previsto que se utilicen para harinas de pescado, alimento para mascotas, productos farmacéuticos o cosméticos.

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

[latest_journal_single_iframe]
Temas relacionados