El Ministerio de la Producción de Perú (Produce) aprobó un nuevo Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) para el recurso calamar gigante o pota, con el objetivo de dar continuidad a la actividad extractiva durante el segundo semestre de 2026, sobre la base de antecedentes científicos proporcionados por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 00191-2026-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, luego de que las capturas acumuladas alcanzaran el 95,44% del límite previamente establecido.
Según informó Produce, la decisión busca asegurar la continuidad de una de las principales pesquerías destinadas al consumo humano directo y mantener la actividad económica de miles de familias vinculadas al sector.
El viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos, destacó que «esta decisión reafirma el compromiso del Gobierno con una gestión pesquera basada en ciencia. Cada medida que adopta Produce responde a evidencia técnica del Imarpe y busca asegurar que el aprovechamiento de nuestros recursos hidrobiológicos continúe generando empleo y desarrollo, contribuyendo al mismo tiempo a su sostenibilidad para las futuras generaciones», afirmó.
Nuevo límite de captura
La resolución incrementó el Límite Máximo de Captura Total Permisible desde 539.230 hasta 589.230 toneladas, volumen que permitirá mantener la actividad extractiva durante el resto del año.
Desde Produce señalaron que esta herramienta constituye uno de los principales instrumentos de manejo de la pesquería, ya que permite regular el esfuerzo pesquero, monitorear permanentemente las capturas y mantener la extracción dentro de niveles compatibles con la capacidad de renovación del recurso.
Asimismo, indicaron que la medida forma parte de un esquema de manejo adaptativo, sustentado en el seguimiento permanente de la evolución de las capturas y de la información científica disponible.
Medidas para la flota artesanal
La resolución también incorpora modificaciones al régimen de ordenamiento aplicable a las embarcaciones pesqueras artesanales con una capacidad de bodega inferior a 10 metros cúbicos.
Para este segmento se estableció un límite de captura de 98.411 toneladas, contabilizado dentro del LMCTP total. De ese volumen, 12.800 toneladas corresponden al período comprendido entre el 6 de julio y el 31 de diciembre de 2026.
Según Produce, esta medida permitirá fortalecer el seguimiento de las capturas y mejorar el control del esfuerzo pesquero en este segmento de la flota.
«El ordenamiento pesquero significa administrar responsablemente nuestros recursos. Con reglas claras, cuotas definidas y medidas diferenciadas para cada segmento de la flota, fortalecemos el control de la actividad extractiva, brindamos mayor predictibilidad a los pescadores y aseguramos que la pota continúe siendo aprovechada de manera sostenible», señaló el viceministro Jesús Barrientos.
Con esta decisión, Produce reafirmó su compromiso con una gestión pesquera basada en evidencia científica y en un enfoque de manejo adaptativo, que permita ajustar oportunamente las medidas de administración según el comportamiento del recurso, promover la sostenibilidad de la pesquería y contribuir al desarrollo económico y social de las familias vinculadas a la pesca artesanal y a la cadena productiva del calamar gigante o pota.
Fotografía: Produce