Una nueva redacción del artículo que limita el ejercicio del derecho a huelga ingresó este lunes 1 de junio el Ejecutivo a la Comisión de Trabajo de la Cámara Baja, en el marco de la discusión de la reforma laboral.
La nueva indicación aprobada ayer estipulada que sin afectar el derecho a huelga en su esencia, «la comisión negociadora sindical estará obligada a proveer durante la huelga el personal destinado a atender los servicios mínimos estrictamente necesarios para proteger los bienes o instalaciones de la empresa y prevenir accidentes, así como garantizar la prestación de servicios de utilidad pública, la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, la seguridad o la salud, de las personas, y para garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios».
De igual manera -según lo informado por La Tercera-, detalla que en esa determinación se podrán considerar los requerimientos vinculados con el tamaño y características de la empresa, establecimiento o faena.
«La definición de estos servicios deberá ser acordada previo a la negociación colectiva por empleador y sindicatos. De no haber consenso, podrán acudir a la Dirección del Trabajo y en última instancia a Tribunales», precisaron desde el Gobierno.