Despachan a ley proyecto que elimina distinción entre empleados y obreros

Dic 6, 2017

En condiciones de ser promulgada como ley de la República quedó el proyecto que elimina del Código del Trabajo la distinción entre empleados y obreros, tras sumar el voto unánime de 90 congresistas.

Por unanimidad, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó, en su tercer y último trámite, el proyecto de ley que elimina la distinción existente en el Código del trabajo entre empleados y obreros (boletín 11053).

El objetivo de la propuesta es eliminar un trato discriminatorio en la legislación que incide en que aquellos que permanecen bajo la denominación de obreros se vean limitados a la hora de gozar de algunas prestaciones sociales, por ejemplo, en materia de mutualidades.

La iniciativa establece que, para los efectos de este seguro sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, todos los empleadores se entenderán afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISP) respecto de la totalidad de sus trabajadores, salvo que se adhieran a alguna mutualidad de empleadores.

Así lo explicó el diputado y autor del proyecto, Juan Morano (DC), quien afirmó que con esta normativa se beneficiará directamente a más de 140.000 trabajadores que se encuentran en esta condición.

«Va a eliminar para siempre esta distinción que se hace en la atención de salud entre los accidentados, sean obreros o empleados, según su tipo de trabajo», subrayó.

En tal sentido, el diputado Morano explicó que si el trabajador desarrolla una labor eminentemente manual «el sistema lo califica como obrero y su atención está bajo los amparos de Fonasa (Fondo Nacional de Salud); en el caso de las urgencias esta es buena, es suficiente, pero en la rehabilitación generalmente presenta fallas y falencias», agregó.

El proyecto determina que la administración del seguro estará a cargo del ISP o de las mutualidades de empleadores, denominados los organismos administradores.

De igual manera, se deja establecido que el ISP administrará este seguro, incluyendo la realización de actividades de prevención de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, respecto de las entidades empleadoras afiliadas a él, de sus trabajadores y de los trabajadores independientes que corresponda.

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

[latest_journal_single_iframe]