La División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) comunicó que se encuentran disponibles los montos de pago de patentes pesqueras industriales de 2019, los cuales pueden ser revisados en la Tesorería General de la República (TGR).
El cobro de patentes pesqueras está regulado en la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) en sus artículos 43 y 43bis.
• Artículo 43
Los titulares de autorizaciones de pesca y permisos extraordinarios pagarán anualmente en el mes de marzo una patente única pesquera de beneficio fiscal por cada embarcación que efectúe actividades pesqueras extractivas, correspondiente a unidades tributarias mensuales (UTM) en función de las toneladas de registro grueso que posea la embarcación.
• Artículo 43bis
Los titulares de licencias transables de pesca (LTP) clase A y B pagarán anualmente, también en el mes de marzo, una patente de beneficio fiscal por cada una de las naves inscritas de conformidad al artículo 29 de la LGPA N°20.657, correspondiente a UTM en función de las toneladas de registro grueso que posea la embarcación.