La UE aprueba cambios normativos para apoyar al sector acuícola-pesquero

Abr 20, 2020

Se permite -entre otras cosas- la compensación económica por las pérdidas originadas en la acuicultura y se incrementa la intensidad del apoyo a las organizaciones de productores.

La Unión Europea (UE) aprobó una modificación del reglamento del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) que va a permitir una mejor y más rápida utilización de sus recursos, con el objetivo de hacer frente a las consecuencias socioeconómicas que la situación generada por el covid-19 (coronavirus) está teniendo en el sector de la pesca y la acuicultura.

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de España, Luis Planas, valoró la agilidad y rapidez de las instituciones comunitarias para adoptar estas decisiones, que tienen en cuenta las medidas solicitadas por su país. El secretario de Estado aseguró que, «desde el primer momento, España ha trabajado intensamente con la Comisión Europea, Consejo y Parlamento Europeo para facilitar la adopción de estas medidas, que tendrán efectos muy beneficiosos para el sector pesquero y acuícola español».

Durante las negociaciones, se consiguió incorporar las medidas propuestas por España, como la inclusión de los mariscadores como posibles beneficiarios de las ayudas por paradas temporales provocadas por el covid-19. También se recogieron compensaciones por las pérdidas económicas que esta situación genere en las Islas Canarias, en su condición de región ultraperiférica, así como modificaciones del reglamento dirigidas a apoyar específicamente el sector de la acuicultura.

El ministro destacó que esta modificación del FEMP «es clave para el mantenimiento del sector pesquero y acuícola, una actividad económica fundamental de la que dependen muchas familias de los pueblos costeros».

Medidas

Entre las principales medidas aprobadas destacan:

1. Ayudas a las paradas temporales provocadas por el covid-19. De estas ayudas se podrán beneficiar tanto la flota como los tripulantes y pescadores a pie, estos últimos a propuesta de España, ya que incluye a los mariscadores. Los requisitos de acceso a esta ayuda son los mismos que están actualmente en vigor, flexibilizándose el acceso a la parada para buques, tripulantes y pescadores a pie cuyo tiempo de registro o embarque es inferior a dos años.

2. En el sector de la acuicultura, se permite la compensación económica por las pérdidas originadas, ya sea por la suspensión temporal de la actividad, por la reducción de la producción y ventas o por los costes adicionales provocados por el almacenamiento de stocks en las empresas productoras.

3. Se incrementa la intensidad del apoyo a las organizaciones de productores, hasta un máximo de un 12% de la media anual del valor de la producción de los tres años anteriores.

4. Se reintroducen las ayudas al almacenamiento, como medida de apoyo a los mercados. Este apoyo se mantiene dentro del marco de las organizaciones de productores, pero se extiende a todos los productos del código NC 0302 recogidos en el anexo I del Reglamento (UE) 1379/2013, e incluye los productos acuícolas. Además, se permitirá almacenar hasta el 25% del total de la producción comercializada y del 20% del valor anual medio de la producción comercializada en el periodo 2017-2019.

5. En el caso específico de las Islas Canarias, en su condición de región ultraperiférica, en respuesta a la petición de España se permitirá que se puedan compensar las pérdidas económicas que se produzcan como consecuencia del covid-19. Estas ayudas se enmarcarán en el Plan de Compensación de Canarias y establece un procedimiento simplificado de 15 días para la modificación rápida de los Planes de Compensación de los Estados Miembros.

De igual forma, se modifican los techos de financiación establecidos para determinadas medidas y se flexibilizan los de otras, lo que va a permitir a los Estados miembros una utilización más eficiente de los recursos y concentrar sus esfuerzos en paliar las consecuencias de esta crisis. Con el fin de poder facilitar la tramitación de las ayudas mencionadas, todas las actuaciones y medidas se circunscriben al periodo comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020.

«Con el conjunto de estas medidas se aportan soluciones -resaltó el ministro Planas- a los distintos segmentos de la actividad pesquera y acuícola, a las que se proporciona una red de seguridad, tanto a su estructura productiva como a los mercados, afectados por la actual situación».

El objetivo final es lograr que, una vez finalizada esta crisis, se pueda reanudar con normalidad la actividad pesquera y acuícola, sector estratégico en el ámbito nacional y comunitario.

Descargue el documento de Valoración FEMP_UE

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