Mowi Chile informó que se encuentra revisando los antecedentes de la formulación de cargos presentada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), luego de que el organismo iniciara un procedimiento sancionatorio en su contra por presuntamente realizar modificaciones en la piscicultura Domeyko, ubicada en la comuna de Llanquihue, sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que, según la autoridad, era requerida para ejecutar esos cambios.
A través de una declaración, la empresa destacó que tomó conocimiento de la resolución emitida por la SMA y que actualmente analiza en detalle sus antecedentes técnicos y administrativos.
«Respecto del procedimiento administrativo iniciado por la Superintendencia del Medio Ambiente relacionado con la Piscicultura Domeyko, Mowi Chile informa que tomó conocimiento de la formulación de cargos y se encuentra analizando en detalle los antecedentes técnicos y administrativos contenidos en la resolución», explicaron.
En relación con lo anterior, la compañía mencionó que la Piscicultura Domeyko es una instalación ubicada en tierra con estanques, en la comuna de Llanquihue, donde se desarrollan etapas iniciales del proceso de cultivo de salmón, y cuya operación se remonta a la década de los 80, previo a la entrada en vigencia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Asimismo, Mowi enfatizó que la formulación de cargos corresponde a una etapa inicial del procedimiento administrativo.
«Mowi Chile mantiene su disposición a colaborar con la autoridad y reafirma su compromiso con una operación responsable y el cumplimiento de la normativa vigente», expresaron.
Antecedentes
Respecto de los fundamentos del procedimiento, la SMA explicó que los hechos constitutivos de infracción de la empresa tienen que ver con haber efectuado modificaciones al proyecto “Piscicultura Domeyko”, consistente en el aumento de la producción anual de peces en un nivel mayor a 8 toneladas; sin contar con una RCA que lo autorice.
Además, mencionó que, sobre la base de los antecedentes que constan al momento de la emisión del presente acto, el cargo N° 1 es calificado como grave, en atención a lo establecido en el artículo 36 N° 2 literal d) de la Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente.
Fotografía: Mowi Chile.