
Servicio de Evaluación Ambiental

lunes 2 de octubre, 2023
Dos especialistas chilenos participarán en el módulo de medio ambiente de las Jornadas de Investigación del Intesal, enfocándose en la gestión de resoluciones de calificación ambiental y evaluación de riesgo ambiental del uso de peróxido.
La materia prima para la co-digestión corresponde a residuos provenientes de pisciculturas, lecherías, grasas, lavaduras, sépticos y lavado de redes.
Los reclamantes -23 propietarios del sector Puerto Chalupa del lago Rupanco y dos comunidades indígenas, todos de la comuna de Puyehue- buscaron el pronunciamiento del Tribunal sobre una serie de actos administrativos que otorgan el permiso ambiental al proyecto Piscicultura Rupanco.
Destacan los proyectos de Salmones Cupquelan en relación con la fusión y relocalización de dos de sus centros de cultivo situados en la Región de Aysén. Ambas iniciativas contemplan un monto total cercano a los US$ 11 millones.
La moción de los diputados UDI, Osvaldo Urrutia, David Sandoval y Andrea Molina, modifica la Ley N° 19.300, en el sentido de aumentar los plazos para declarar que el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental carece de información relevante y establecer instancias tempranas de reclamación.
Las solicitudes de concesión de reemplazo deben ubicarse dentro de las áreas apropiadas para el ejercicio de la acuicultura y dar cumplimiento a la zonificación del borde costero que establece el Artículo N° 79 de la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA).
La salmonicultora argumentó al SEA que, de acuerdo con el actual plano regulador de la comuna de Puerto Montt, la planta se encuentra en el sector urbano definido como actividad productiva 1 (AP-1), la que permite la instalación de industrias inofensivas y molestas.
Por falta de legitimación activa de los reclamantes el Tribunal Ambiental de Santiago no se pronunció respecto del fondo de la acción que buscaba dejar sin efecto la resolución que aprobó el proyecto “Piscicultura Río Calcurrupe”, ubicado en la Región de Los Ríos.
«Al dejar en suspenso la resolución de 18 reclamaciones (…) podría tener consecuencias jurídicas relevantes en las reclamaciones ya resueltas», dice el acta.