[LA + LEÍDA EL MARTES] Tribunal Ambiental deja sin efecto segunda sanción contra Nova Austral

Nov 21, 2023

Además, acogió parcialmente la reclamación presentada por dicha empresa contra la decisión administrativa de la Superintendencia de Medio Ambiente.

En una decisión unánime, el Tercer Tribunal Ambiental con sede en Valdivia no autorizó la resolución exenta Nº1072 de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), que revocaba la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Centro de Salmones «Cockburn 23» de Nova Austral. De acuerdo con la ley orgánica del organismo fiscalizador, las resoluciones que imponen dicha sanción siempre deben ser consultadas al Tribunal Ambiental respectivo.

De esta forma, se ordenó a la SMA emitir una nueva resolución final que determine una sanción conforme a derecho, según lo establecido en la parte considerativa de la sentencia.

Previamente, el Tribunal Ambiental de Valdivia acogió la reclamación presentada por la compañía salmonicultora Nova Austral contra la sanción impuesta por la SMA en julio de 2022. Por dicha resolución, la SMA impuso la sanción de revocación de la RCA del centro de engorda de salmónidos (CES) «Cockburn 14».

[Lea la nota previa] Tribunal Ambiental anula máxima sanción contra salmonicultora

En una segunda instancia, el Tribunal consideró que la resolución consultada está suficientemente motivada, ya que efectivamente se cometió la infracción de sobreproducción y está debidamente clasificada como grave por ocurrir dentro de un área protegida. Sin embargo, debido a la tardanza de la SMA en realizar diligencias probatorias directas en el fondo marino, no se encuentra debidamente acreditado que exista daño ambiental ni que este sea resultado del incumplimiento. No se despeja adecuadamente la contribución natural de materia orgánica a la condición del lecho marino, ni se considera que se realizaron dos ciclos productivos posteriores después de cometida la infracción.

“Además, no se evidencia un perjuicio material significativo a los elementos de conservación del Parque. Por estas razones, el Tercer Tribunal Ambiental destaca que la sanción de revocación de la RCA resulta desproporcionada en relación con la infracción y sus circunstancias”, destaca el Tribunal Ambiental.

Como consecuencia, el Tribunal dejó sin efecto la resolución en cuestión y reenvió los antecedentes a la SMA para que emita un nuevo acto administrativo que establezca una sanción proporcional de acuerdo con la legislación vigente y las circunstancias fácticas acreditadas en el procedimiento.

Fotografía: Tercer Tribunal Ambiental.

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

[latest_journal_single_iframe]