Tras una serie de audiencias, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado -presidida por Rabindranath Quinteros- respaldó en particular el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la Ley N°20.256, que establece normas sobre pesca recreativa, para aumentar las sanciones en caso de infracciones (Boletín: 12598-21).
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Durante varias sesiones, la instancia especializada escuchó a representantes del sector, quienes expusieron sus experiencias y observaciones sobre el aporte que efectúa la pesca recreativa al turismo y las amenazas a las que dicen estar expuestos, por lo que se manifestaron a favor de que la legislación avance hacia sanciones que disuadan lo que han calificado como «mafias dedicadas a la pesca furtiva».
En esta misma línea, las y los legisladores adelantaron la pertinencia de la propuesta, «que está en línea con los principios de la Ley General de Pesca y Acuicultura y de la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura), pudiendo fomentar múltiples áreas que tienen potencial», aseguraron.
A su vez, comentaron que la pesca furtiva afecta no solo a la pesca recreativa, «sino que al gran potencial turístico y económico que esta actividad trae de la mano», principalmente en la macrozona sur-austral del país.
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Las exposiciones estuvieron a cargo del presidente de la Agrupación Gremial de Guías de Pesca Recreativa y Turismo de la Cuenca del Río Toltén, Jimmy Matamala; el representante de la Asociación Gremial de Pesca y Turismo de la Cuenca del Río Toltén, José Miguel Rivera; el presidente del Consejo de Pesca Recreativa de la Región de La Araucanía, Mario Alarcón y el integrante de la misma, Víctor Pincheira; de la Asociación Gremial de Guías de Pesca de la Patagonia, Diego Guerrero; además del diputado Sebastián Álvarez, uno de los autores de la moción.
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De igual manera, se contó con la participación de la subsecretaria de Pesca y Acuicultura, Alicia Gallardo, y de la directora nacional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), Jessica Fuentes.
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Detalles de la moción
El proyecto incorpora modificaciones a la Ley N°20.256 sobre Pesca Recreativa, incorporando una regla que aclara que el uso de redes o aparejos de pesca que no sean de uso personal, no son sometidos a la Ley de Pesca Recreativa sino a la Ley de Pesca.
Se modifica la infracción gravísima referida a plagas (como el didymo) y el no cumplir medidas del 7º bis de la Ley N°20.256 se sanciona como infracción gravísima. Introducción de plaga se sanciona con delito del artículo 136 de la LGPA.
Se incorpora amonestación y allanamiento a la denuncia con descuento de multa en infracciones menos graves. La multa de infracciones gravísimas se mantiene en el mínimo (50 unidades tributarias mensuales, UTM) pero se sube el máximo a 110 UTM. Además, se incorpora una regla de reincidencia.
«Las modificaciones a la Ley General de Pesca se materializan con la incorporación de la prohibición de instalación de redes en aguas terrestres del país, salvo autorización expresa y transitoria otorgada por Subpesca (Subsecretaría de Pesca y Acuicultura) y se suben algunas penas», añade la moción.
Vea las sesiones celebradas:
*Fuente de la imagen destacada: Senado de Chile.