Los detalles de los graves cargos que la SMA formuló a vertedero industrial de Dalcahue

Jul 2, 2021

El proyecto original "Sociedad Najar" fue modificado al actualmente "Vertedero Aconser Mocopulli" y tras una inspección realizada por funcionarias y funcionarios de la Seremi de Salud Los Lagos, esta prohibió el funcionamiento a la totalidad del vertedero, en junio de 2019, por existir un riesgo inminente al medio ambiente y a la salud de las personas.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló dos cargos graves a “Aconser Residuos SpA”, titular del proyecto “Aconser Mocopulli Ex Najar”, vertedero industrial emplazado en la comuna de Dalcahue, provincia de Chiloé, región de Los Lagos, por operar sus instalaciones sin contar con resolución de calificación ambiental (RCA), realizando modificaciones al proyecto original y por no cumplir el denominado Requerimiento de Ingreso al Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por parte de la SMA.

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El primer cargo imputado es por mantener la operación del vertedero cuyas modificaciones constituyen sistemas de disposición de residuos industriales sólidos (Rises) con una capacidad igual o mayor a treinta toneladas día (30 t/día) de tratamiento o igual o superior a cincuenta toneladas (50 t) de disposición sin contar con RCA.

Respecto del segundo cargo, se trata de incumplimiento al Requerimiento de Ingreso al SEIA realizado por la Superintendencia, en marzo de 2020.

Según explicó el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, «esta formulación de cargos se enmarca en la Estrategia Territorial de la SMA’, la cual contempla entre otros territorios a Chiloé, priorizando fiscalizaciones y acciones correctivas tanto a instalaciones industriales y domiciliarias, que cuentan con resolución de calificación ambiental, así como aquellas que no», precisó.

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La Superintendencia del Medio Ambiente –continuó De La Maza– identificó catorce «Sitios de Disposición Final de Residuos» en la zona de Chiloé considerados relevantes –cuatro de estos industriales–, «los que desde fines de 2020 hemos fiscalizado la totalidad de estos, iniciando procedimientos sancionatorios a sitios como ‘Vertedero Industrial Dicham’, ‘Vertedero Municipal de Castro’, ‘Relleno Sanitario Puntra’, ‘Relleno Industrial Corcovado’, entre otros», detalló.

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«También, como SMA hemos requerido el ingreso al SEIA de otras unidades fiscalizables como el ‘Vertedero Industrial Resiter’, ‘Relleno Puntra’, al ‘Vertedero Municipal de Quellón’ y al mismo ‘Aconser’ en su momento. Asimismo, la mayoría de estos procesos se han complementado con una serie de medidas provisionales ordenadas por esta Superintendencia para controlar el riesgo ambiental asociado con la operación de estos sitios, como las recientemente actualizadas al ‘Relleno Puntra'», aseguró De La Maza.

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Antecedentes generales

El proyecto original «Sociedad Najar» fue modificado al actualmente «Vertedero Aconser Mocopulli» y tras una inspección realizada por funcionarias y funcionarios de la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Salud Los Lagos, esta prohibió el funcionamiento a la totalidad del vertedero, en junio de 2019, por existir un riesgo inminente al medio ambiente y a la salud de las personas.

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Lo anterior, fundado en la existencia de un nuevo pozo sin contar con autorización de construcción ni tampoco haber dado cumplimiento a la resolución N°840/2017 que estipulaba un «Plan de Adecuación» del vertedero por parte del titular; existir un pozo en proceso de cierre sin sellos con material de cobertura acopiado a un costado, cierre perimetral roto y/o discontinuo.

A su vez, se verificó otro pozo con capacidad ocupada al máximo y sin canales perimetrales de aguas lluvias, ni control de plagas ni autorizaciones de funcionamiento, según detalló la autoridad sanitaria, y desconociendo las características de los residuos dispuestos en ellos.

A raíz de la denuncia ingresada por la Seremi de Salud Los Lagos, funcionarias y funcionarios de la SMA realizaron una fiscalización en junio de 2019, con el objetivo de verificar una eventual hipótesis de elusión.

«En el momento de la inspección, se verificó que la unidad fiscalizable no se encontraba operando debido a la prohibición de funcionamiento emitida por la Seremi de Salud, anteriormente referenciada. Tras dicha fiscalización se pudieron constatar los hallazgos de relevancia ambiental que fundamentan esta formulación de cargos», subrayó la SMA.

Los dos cargos fueron clasificados como graves, por lo que la empresa podría ser objeto de una multa de hasta 5.000 unidades tributarias (UTA) por cada infracción o clausura del proyecto.

Ahora, «Aconser Residuos SpA» tendrá un plazo de diez días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos.

Para más detalles, acceda a la información completa de este caso en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) aquí >> snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2620

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*Fotos: gentileza SMA.

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