Delitos ambientales: Comisión de Constitución invitará a penalistas para analizar proyecto que establece sanciones

Oct 6, 2020

La instancia tuvo una primera sesión con el profesor de derecho penal Jean Pierre Matus y acordó escuchar a la ministra del Medio Ambiente, a los académicos y al Ministerio Público.

Multas y sanciones para los delitos de grave contaminación y daño ambiental o que afectan el correcto funcionamiento del Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) y del Sistema de Seguimiento y Fiscalización a cargo de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Estos son los principales contenido del proyecto que establece delitos contra el medioambiente y que comenzó a ser estudiado por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

La iniciativa está cumpliendo su primer trámite en el Senado, tuvo su origen en diversas mociones refundidas y ya fue analizada por la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara Alta. En lo fundamental, busca sancionar penalmente las conductas que atentan gravemente contra el medioambiente y por tanto, protegerlo con el máximo rigor y por lo mismo la salud de las personas.

En la primera sesión que le dedicó la Comisión de Constitución, se escuchó al profesor de derecho penal Jean Pierre Matus, quien se refirió a los alcances del proyecto (vea aquí la sesión) y se acordó invitar a profesores de derecho penal, al Ministerio Público y a la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt.

Multas y sanciones

El proyecto sanciona con penas de cárcel y multas a quienes contaminen gravemente el medio ambiente. Por ejemplo, propone que el que contamine gravemente el ambiente será castigado con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 100 a 5.000 unidades tributarias mensuales (UTM).

Además, se considerará grave daño ambiental la pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo inferido al medioambiente o a uno o más de sus componentes cuando sea de carácter irreparable, ponga en riesgo la supervivencia de especies en peligro o recaiga sobre una reserva de región virgen, parque nacional, monumento natural, reserva natural, parque marino o reserva marina.

También se establecen delitos especiales de daño ambiental y se establecen sanciones de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 100 a 10.000 UTM, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes.

A su vez, se establecen sanciones y multas para los delitos que afectan el correcto funcionamiento del SEIA y del Sistema de Seguimiento y Fiscalización a cargo de la SMA.

De este modo, se establece que se impondrá el grado superior de las penas previstas en los delitos contemplados en esta ley si son cometidos por quienes ejecuten un proyecto o actividad que, debiéndose someter al Sistema de Evaluación Ambiental (SEA), no ha obtenido la correspondiente resolución de calificación ambiental o la ha obtenido mediante cohecho, falsedad o engaño.06

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