Entra en vigencia norma aduanera que permite diferir el pago de IVA de importaciones

Abr 23, 2020

SNA dio a conocer los requisitos que deberán cumplir las empresas que opten al beneficio y que podrán postergar el pago del impuesto por sus importaciones en 6 o 12 cuotas, según indique la clasificación que realice el SII.

En plena vigencia está la resolución 1559 dictada por el Servicio Nacional de Aduanas (SNA) con las instrucciones para que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) puedan diferir el total del impuesto al valor agregado (IVA) para operaciones de importación que se hayan verificado en los meses de abril, mayo y junio de este año.

El instructivo pone en marcha una de las herramientas de carácter excepcional y transitorio que se enmarca en el decreto supremo N°420 del Ministerio de Hacienda, que estableció medidas de índole tributaria para apoyar a las familias, los trabajadores y a las mipymes en las dificultades generadas por la propagación del covid-19 (coronavirus).

En la resolución, se desglosan las condiciones que deben cumplir aquellas empresas que quieran optar al beneficio, entre las que se encuentran, por ejemplo, ser micro, pequeñas o medianas empresas cuyos ingresos anuales estén entre las 75.000 y 350.000 unidades de fomento (UF).

Junto con establecer los requisitos, la resolución 1559 estipula también que será el Servicio de Impuestos Internos (SII) el encargado de informar a Aduanas aquellos contribuyentes que, cumpliendo las condiciones, son susceptibles de acogerse a diferir los pagos de IVA. De igual manera determinará, según su clasificación, si los contribuyentes podrán diferir sus pagos en 6 o 12 cuotas.

El director nacional de Aduanas, José Ignacio Palma, explicó que «esta es una nueva medida que se suma a las que hemos venido trabajando desde principios de año con la mayor rapidez posible. En este caso, es un beneficio directo para uno de los segmentos más afectados por la pandemia del covid-19. Junto con darla a conocer, les indicamos a todos los importadores que resultan beneficiados, que nuestros sistemas ya están habilitados para recibir sus declaraciones difiriendo el pago del IVA».

Palma agregó que están disponibles todos los canales de atención virtual del SNA para resolver las inquietudes de los contribuyentes «respecto a esta y una decena de medidas implementadas por el Servicio en las últimas semanas en orden a facilitar el comercio exterior».

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*La foto destacada es de contexto (fuente: SNA).

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