AquaForum: La SMA ha recibido 78 denuncias asociadas a la industria del salmón

Oct 24, 2015

La jefa de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) entregó en detalle las cifras de infracciones cursadas al sector salmonicultor.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) es un organismo que tiene poco más de dos años de funcionamiento, tiempo en el cual ha desarrollado 96 actividades de inspección a centros de cultivo, pisciculturas y plantas de procesos de la industria del salmón en las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes. Así, la salmonicultura se ha posicionado como uno de los rubros en que la SMA ha centrado su labor fiscalizadora en la zona sur-austral del país.

Durante su exposición en la Conferencia Internacional AquaForum 2015, realizada este martes 20 de octubre en la ciudad de Puerto Varas, la jefa de la División Sanción y Cumplimiento de la SMA, Marie Claude Plumer, detalló que en la Región de Los Lagos el número de procedimientos de fiscalización por tipo de Unidad Fiscalizable fue de 29 en el caso de las psiculturas, 3 en centros de engorda-redes y 6 en plantas de procesos, sumando así un total de 38; mientras que en la Región de Aysén se registraron 25 informes de fiscalización en pisciculturas, 6 en centros de engorda-redes y 3 en plantas de procesos, dando la suma de 34. En tanto, la Región de Magallanes anotó 16 en pisciculturas y 8 en plantas de procesos, es decir, 24 en total.

«En Los Lagos, por ejemplo, 22 de 27 fiscalizaciones entre los años 2013 y 2014 presentaron desviaciones. Estas se encuentran relacionadas con descripción del proyecto, normativa ambiental aplicable, permisos ambientales sectoriales, medidas de mitigación o formas de abatimiento y control, plan de seguimiento o reportes, condiciones establecidas por la autoridad, compromisos ambientales voluntarios, hallazgo sin exigencia asociada declarada / atribuible, plan de prevención de contingencias y emergencias, requerimiento de información e instrucciones SMA e impactos no previstos», explicó Marie Claude Plumer.

Uno de los datos relevantes reportados por la jefa de Sanción y Cumplimiento es que desde la creación de la SMA en 2013 han recibido un total de 78 denuncias asociadas a la industria salmonicultora entre las regiones de La Araucanía y de Magallanes. De ellas, un 53% se ha tratado de centros de engorda, 32% pisciculturas, 11% talleres de redes y 4% plantas de procesos.

Las denuncias han sido presentadas en un 60% por algún Organismo Sectorial con Competencia Ambiental (OSCA), 32% por parte de la ciudadanía, 5% autoridades (diputados, senadores u otros agentes políticos) y 3% desde municipalidades.

Marie Claude Plumer ahondó que las «materias de las denuncias han sido ecosistemas marinos (30%), aguas superficiales (18%), residuos (16%), olores (12%), aguas subterráneas (5%), elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (4%), comunidades indígenas (4%), flora y vegetación (1%), y otros (10%)».

Procesos sancionatorios

El procedimiento administrativo sancionatorio (PS) de la Superintendencia del Medio Ambiente podrá iniciarse de oficio, a petición del órgano sectorial o por denuncia; y consta de las siguientes etapas: iniciación (FDC), instrucción y finalización.

«La División de Sanción y Cumplimiento inicia, instruye y emite los dictámenes, mientras que el superintendente dicta la resolución final o de término», detalló Marie Claude Plumer.

En el caso de la industria del salmón, desde el año 2014 a la fecha la SMA ha iniciado 15 procesos sancionatorios -se desarrollan considerando los descansos sanitarios-, es decir a 15 titulares, correspondiente a un total de 49 instalaciones. De ellos, 13 han presentado programas de cumplimiento (PDC), mientras que uno formuló descargos (dictamen).

Marie Claude Plumer en AquaForum 2015 (Créditos de foto: Juan Carlos Recabal para Editec)

Un PDC es un plan de acciones y metas presentado por el infractor para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia los responsables cumplan satisfactoriamente con la normativa ambiental. «Iniciado un procedimiento sancionatorio, el infractor podrá presentar en el plazo de diez días, contados desde la notificación, un programa de cumplimiento. Si la SMA aprueba dicho programa, el procedimiento sancionatorio se suspenderá. En caso de incumplirse las obligaciones contraídas en dicho programa, se reiniciará el procedimiento sancionatorio, arriesgando el infractor hasta el doble de la multa que corresponda a la infracción original», explicó la jefa de Sanción y Cumplimiento de la SMA.

Puntualmente, de las 49 instalaciones a las cuales se le han cursado procesos sancionatorios, 43 corresponden a centros de engorda (88%), 3 a pisciculturas (6%), 2 a plantas de procesos (4%) y 1 a taller de redes (2%).

Marie Claude Plumer detalló que entre las infracciones comunes de los centros de engorda se encuentra basura en playas y fondo del mar; apozamiento de redes de cultivo en el fondo marino; manejo de mortalidades (retiro diario, acopio, ensilaje y transporte a disposición final); incorporación de estructuras e instalaciones sin evaluación ambiental / consulta de pertinencia de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); y sobreproducción (en uno de los centros de engorda fiscalizados).

En el caso de las pisciculturas, las infracciones más comunes están relacionadas con superar los límites establecidos en normas de emisión de contaminantes y calidad de cuerpo receptor; sistema de tratamiento de riles (deficiencias, operación parcial); alteración del cuerpo receptor de residuos industriales líquidos (riles); y manejo de mortalidades (ensilaje).

Mientras que en los talleres de redes las faltas más recurrentes son el manejo de redes sucias, lo que genera olores molestos a las comunidades vecinas; manejo de residuos orgánicos provenientes de las redes; y monitoreo del efluente del sistema de tratamiento de riles.

Para cerrar su intervención, la representante de la SMA explicó que la duración de un programa de cumplimiento en promedio es de seis a ocho meses, en estado de operación del centro; y se da un plazo máximo de dos años para que entre en funcionamiento. «Transcurrido ese tiempo se proponen acciones subsidiarias», puntualizó.

El costo de desarrollo de un PDC (depende de las acciones propuestas, número y tipo) varían entre $4.000 millones y $3.000 millones en el caso de los centros de engorda (incluye instalación de pontón por un valor aproximado de $1.000 millones); en las pisciculturas, que a la fecha contabilizan dos programas de cumplimiento, el costo tiene un promedio de $60 millones; planta de procesos (2 PDC) un promedio de $25 millones, y taller redes (1 PDC) un promedio de $12 millones, concluyó Marie Claude Plumer en su presentación en AquaForum 2015.

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