Recientemente, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) publicó la resolución exenta N° 8228 titulada «Aprueba programa sanitario general para uso de antimicrobianos en la salmonicultura y otros peces de cultivo» y donde se advierten algunas modificaciones que atañen tanto a elaboradoras de alimento para peces como a salmonicultores.
Es así como el documento, y en materia de plantas elaboradoras de alimento medicado, especifica que «deberán informar mensualmente al Sernapesca la producción, stock y el destino de los alimentos medicados por las vías que el Servicio establezca”.
En tanto, y respecto de los titulares de centros de cultivo, la normativa establece que, entre otros aspectos, “se deberán obtener muestras para el aislamiento de la Piscirickettsia salmonis y la realización de análisis de sensibilidad a los antimicrobianos, en los laboratorios que el Servicio designe para estos efectos y en conformidad a lo que se establezca en el Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de Piscirickettsiosis (SRS)”.
Los interesados en conocer la resolución la pueden bajar desde acá. Res.Ex.8228-2015