Ante actual contingencia: SMA activa protocolo para la salmonicultura

Mar 25, 2020

El plan para las regiones de Los Lagos, Aysén y Magallanes establece, entre otras medidas, que en caso de generarse contingencias específicas en centros de acopio, centros de engorda de salmones, pisciculturas, estaciones de transferencia y plantas de proceso, deberán activarse planes de emergencia y/o contingencia.

Ante la crisis del covid-19 (coronavirus) que afecta al país, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió activar un protocolo para la industria salmonicultora que opera en las regiones de Los Lagos, Aysén y de Magallanes y de la Antártica Chilena, como una manera de facilitar e incentivar el cumplimiento ambiental y resguardar la salud de las personas.

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La SMA informó a la industria, a través de los gremios SalmonChile y Asociación de Salmonicultores de Magallanes, que continuará realizando las labores de fiscalización que resulten necesarias para cumplir su cometido. No obstante, estas se limitarán a actividades no programadas vinculadas a situaciones de riesgo que pudieran afectar al medio ambiente y la salud de las personas. Lo anterior, teniendo presente las medidas sanitarias, ambientales y operacionales autorizadas por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) mediante la resolución exenta (R.E.) N°565 del pasado lunes 16 de marzo.

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Además, la Superintendencia estableció que, en caso de generarse contingencias específicas en centros de acopio, centros de engorda de salmones (CES), pisciculturas, estaciones de transferencia y plantas de proceso durante la pandemia por el covid-19, deberán activarse los planes de contingencia y/o emergencia correspondientes.

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«Ante dificultades para la ejecución de monitoreos comprometidos, a través de ETFAS o de otros terceros autorizados, en instrumentos de carácter ambiental de competencia de la SMA, se solicita proceder conforme con lo establecido previamente», subrayó el organismo fiscalizador.

El instructivo establece que toda documentación que sea necesario remitir a las oficinas regionales de la SMA deberá ser canalizada temporalmente vía digital a los correos electrónicos: oficina.loslagos@sma.gob.cloficina.aysen@sma.gob.cl y oficina.magallanes@sma.gob.cl, según corresponda. En tanto, los documentos deberán encontrarse debidamente firmados y digitalizados en formato pdf.

La R.E. 497/2020 firmada por el superintendente Cristóbal De La Maza estableció que, a partir de su publicación en el Diario Oficial, es deber de los titulares reportar el estado operacional de las unidades fiscalizables que cuenten con una o más resoluciones de calificación ambiental (RCA) a través del módulo de Avisos/Contingencias/Incidentes del Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la SMA.

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«En el caso de CES que se encuentran sin operación, ya sea por encontrarse en descanso sanitario u otro motivo, solo se deberá efectuar reporte inicial (por única vez), indicando que dicho CES no se encuentra operativo. Mientras que las unidades fiscalizables que tienen más de una RCA, bastará con efectuar reporte en una de ellas, indicando la unidad fiscalizable que corresponde y las RCA que posee», precisó la Superintendencia.

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