Con el respaldo de la idea de legislar, avanza en la Comisión de Medio Ambiente del Senado el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que sanciona delitos contra el medio ambiente y el daño ambiental (boletines 5.654-12; 8.920-07; 9.367-12; 11.482-07; 12.121-12 y 12.398-12, refundidos).
Ya en noviembre de 2018 la instancia congresista había sido autorizada para tratar el texto legal en general y en particular, por lo que ahora se fijarán un plazo de indicaciones.
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Cárcel
El texto que consagra los proyectos refundidos contempla para los delitos de grave contaminación y daño ambiental hasta tres años de cárcel y casi $237 millones (penas de presidio menor en su grado medio y multa de 100 a 5.000 Unidades Tributarias Mensuales), entre otras penalidades, según sea el caso.
A juicio del presidente de la Comisión de Medio Ambiente, senador Guido Girardi, «será muy importante para la sociedad chilena, la ecología, el medio ambiente y para los problemas de contaminación, destrucción de recursos naturales o de ecosistemas que viven las comunidades a lo largo del país, contar con una ley que sanciona con cárcel el delito ambiental».
Agregó que «esta nueva institucionalidad jugará un rol preventivo porque los funcionarios pensarán dos veces antes de aprobar un proyecto irregular. Hoy eso no tenía ningún costo, ahora -según la gravedad- además la multa se podrá aplicar una sanción penal».
«Los casos de Pascua Lama, Freirina, Castilla y otros similares no hubiesen existido, o sus responsables estarían presos. Con esto se le da un nuevo valor al medio ambiente y el Ministerio Público perseguirá a quienes lo dañen», remató el legislador.
Luego, el senador David Sandoval, si bien dejó de manifiesto sus dudas con respecto a cómo se está tramitando el proyecto, pues reclamó que del mensaje del Presidente Sebastián Piñera solo se incorpore el artículo 10, recalcó que «más allá de los tecnicismos, estamos de acuerdo que en Chile necesitamos sanción para quienes ejercen grave daño ambiental. Que se responda no solamente con multa, acá también son sanciones penales y exigencias de rehabilitación ambiental».
*Fuente de la foto destacada (de contexto): Archivo SMA.