Ingresan reforma a la institucionalidad ambiental

Jun 21, 2019

El proyecto presentado ante la Cámara de Diputados incluye una nueva propuesta de modernización del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, para lo cual se retiró la iniciativa que se encontraba aún en trámite en la Comisión de Medioambiente.

Fortalecer el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aumentando el componente técnico en la evaluación de los proyectos y agilizando sus procesos para fortalecer el desarrollo sustentable de Chile, es el objetivo del proyecto (boletín 12714) ingresado esta semana por el Ejecutivo y dado a conocer en la cuenta de la sesión de Sala de la Cámara de Diputados de este miércoles 19 de junio.

La presente iniciativa viene a reemplazar a otra propuesta (boletín 11952), ingresada también por la actual administración de Sebastián Piñera el 31 de julio de 2018, que se encontraba en trámite en la Comisión de Medioambiente de la Cámara y que no tenía mayor movilidad desde marzo pasado.

Vea >> [EN-ES] Ingresan proyecto que moderniza el sistema de evaluación ambiental

En el texto del mensaje presidencial se observa que, durante el trámite de dicho proyecto, diversos actores del sistema fueron escuchados por el grupo congresista, aportando comentarios no solo del cuerpo legal en estudio, sino que también respecto del funcionamiento general del SEIA.

«Tenemos la convicción que hay modificaciones urgentes y, para implementarlas, es fundamental no dejar pasar el tiempo para realizarlas. Por lo anterior, en el presente proyecto recogemos todos aquellos aspectos que nos permiten agilizar y tramitar una reforma que va en el camino de la modernización del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental», se remarca.

Contenido del proyecto

Según se explica en documento, el proyecto permite perfeccionar los espacios de participación ciudadana en materia ambiental, ya que podrá realizarse en todos los procesos de evaluación ambiental, sin importar que ingresen al SEIA vía Declaración o Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

Con lo anterior, se elimina una de las últimas restricciones existentes, que circunscribía la participación solo a las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) con cargas ambientales y que fueran aceptadas como tales por parte del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

Además, se incorpora la obligación para el citado Servicio de informar y apoyar a las comunidades a través de una oferta de programas y cursos gratuitos para la comunidad, que tengan por objeto promover y facilitar la participación ciudadana en la evaluación de proyectos, en el marco del SEIA.

De igual manera, se fortalecen las comisiones regionales como instancia final de decisión administrativa, al no reincorporar la creación de las macrozonas en el proyecto y al eliminar al comité de ministros o director ejecutivo del SEA como instancia revisora a través del recurso de reclamación. De este modo, las comisiones regionales serán las que tendrán la última palabra administrativa.

Estas modificaciones permiten disminuir los plazos de tramitación de los proyectos en, al menos, un año, que es lo que toma la revisión de las decisiones de las comisiones regionales, aseguran en el Ejecutivo.

Otros avances

En el texto se sostiene que un primer objetivo es tecnificar las decisiones, disminuyendo el componente político, de manera tal que no sea una instancia política centralizada la que defina el destino de los proyectos. Para ello se propone la eliminación de la instancia recursiva administrativa, dado que se han mostrado ineficientes para resolver esta clase de controversias.

Para compensar la eliminación del comité de ministros o del director del SEA se incluye una norma que deja en manos de los tribunales ambientales la opción de reclamación. «Así, la decisión final quedará en manos de un tercero imparcial, dotado de los conocimientos necesarios y que ha logrado reconocimiento por el trabajo que han desempeñado todos estos años», se acota.

Con todo, se establece un recurso de aclaración especial, para efectos que los proponentes de proyectos puedan acudir ante el mismo órgano que dictó el acto, a fin de aclarar pasajes obscuros del acto administrativo y que no requieren de una revisión de fondo del asunto.

Otra modificación es la creación de un recurso de reclamación directo ante los tribunales ambientales, para cualquier persona natural o jurídica que tenga el carácter de interesado, producto de la dictación de una resolución de calificación ambiental (30 a 40 días para presentarlo).

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*Fuente de la foto destacada (de contexto): Visit Chile.

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