Nuevos antecedentes en el caso antibióticos que involucra a la industria del salmón

Ago 10, 2016

Oceana y el Consejo para la Transparencia presentaron nuevas observaciones al recurso de SalmonChile que el Tribunal Constitucional declaró admisible el mes pasado. El gremio, en tanto, ha aceptado entregar las cifras por salmonicultora, no así el detalle por centros de cultivo ni los tipos de antibióticos.

El miércoles 13 de julio, la Primera Sala del Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la Asociación de la Industria del Salmón de Chile A.G. (SalmonChile) que busca frenar que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) haga públicas las cifras de uso de antibióticos desagregadas por empresa y centro de cultivo, además de las clases de los fármacos.

Tras el ingreso del recurso, la máxima magistratura constitucional del país dio un plazo de 20 días a «las demás partes en la gestión judicial en que incide el presente requerimiento para formular observaciones y presentar antecedentes».

Es así que el martes 2 de agosto, Diego Balart Salvat, abogado en representación de la organización no gubernamental (ONG) Oceana, presentó ante el TC nuevas observaciones donde sostiene que de ser acogida la acción de inaplicabilidad, «no impactará en la decisión de la Corte Suprema, porque esta podrá aplicar otras normas para hacer presumiblemente pública la información que obra en manos del Sernapesca y que fue solicitada por esta parte (Oceana), ya que precisamente la Corte de Apelaciones de Santiago (Región Metropolitana), al resolver el reclamo de ilegalidad y acceder a la entrega de la citada información, tuvo como argumento un sinnúmero de normas diversas al inciso segundo del artículo 5 de la Ley de Transparencia».

De igual manera, Balart aduce que cuando el «requirente (SalmonChile) señala que la norma en comento sería contraria a la Constitución, ya que en ellos se hace pública información distinta a aquella contenida en actos, resoluciones y sus fundamentos, en realidad cuestiona todo el sistema de acceso a la información y busca cambiar la fisonomía del ordenamiento jurídico mediante un requerimiento de inaplicabilidad».

Prueba de ello, para el abogado de Oceana, «es la comparecencia en estos autos (documentos que obran en el juicio) del Consejo para la Transparencia que está aquí en defensa del sistema de acceso a la información y no a favor de las empresas del salmón, como sí lo hizo al momento de discutirse el reclamo de ilegalidad conocido por la Corte de Apelaciones de Santiago».

Lea aquí íntegramente los nuevos argumentos presentados por Diego Balart al Tribunal Constitucional >> Observaciones de Oceana en causa rol 3111-16-INA

En línea con los postulados de la ONG, Andrea Ruiz Rosas, abogada por el Consejo para la Transparencia (CPT), también entregó nuevos antecedentes y reiteró la solicitud para que el TC rechace el recurso presentado por el abogado Daniel Huerta Cordero en representación del gremio, junto a las salmonicultoras Australis, Yadrán, AquaChile, Granja Marina Tornagaleones, Aquasan, Ventisqueros, Camanchaca y Friosur.

Andrea Ruiz resumió sus observaciones sosteniendo que la «publicidad de la cantidad y clase de antibióticos que las empresas de salmón de cultivo utilizados en la industria informan al Sernapesca en cumplimiento de la obligación legal contemplada en el Art. 86 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en relación con lo dispuesto en el Art. 90 quáter letra b) de la misma ley, no emana única y exclusivamente de lo dispuesto en el Art. 5° inciso 2° de la Ley de Transparencia, pues por aplicación del Art. 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, en relación a lo preceptuado en el Art. 19 N°12 de la Carta Fundamental, se puede llegar a idéntico resultado, ya que el artículo citado de la Convención establece claramente que en él se encuentra comprendida la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, lo que evidentemente incluye información sobre uso de antimicrobianos para controlar enfermedades de alto riesgo en los salmones que luego son consumidos por las personas».

De ese modo, complementa la abogada del CPT, los preceptos legales impugnados «no resultan decisivos para la resolución de la cuestión pendiente, por lo que el requerimiento intentado en estos autos debe desestimarse, y porque, a todo evento, lo que el recurrente pretende evitar, esto es, la publicidad de la información requerida, se producirá igualmente por aplicación de estos preceptos que figuran en tratados internacionales que no se han impugnado en el presente requerimiento».

Descargue aquí el documento íntegro presentado por la abogada del Consejo para la Transparencia al Tribunal Constitucional >> Observaciones CPT en causa rol 3111-16-INA

Mientras que para acceder a todos los expedientes de la causa, presione aquí.

Mayor consumo desde 2007

Por ahora, el Sernapesca está habilitado para publicar el detalle del uso de antibióticos por empresas luego que el martes 31 de mayo la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera el reclamo de Oceana y ordenara entregar esa información; fallo que ha sido valorado por el Sernapesca, mientras que SalmonChile mostró su voluntad por entregar los datos por compañía, independiente del tema judicial.

Vea: SalmonChile prepara reporte de sustentabilidad y entrega cifras de antibióticos por empresa

Así, se pudo conocer el informe que confirma que 2015 fue el año donde se produjo el consumo de antibióticos más alto desde 2007.

Lea también: Salmonicultoras que no detallan uso de antibióticos representan el 12% del consumo industria

Cabe recordar que el lunes 6 de junio SalmonChile presentó ante la Corte Suprema un recurso de queja contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, cuya resolución se encuentra pendiente y que constituye el antecedente del requerimiento ante el TC. Por eso el abogado de Oceana hace mención a lo que podría dirimir la Corte Suprema en última instancia.

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