Abordan regulación salmonicultora sobre escapes y antibióticos

Jun 26, 2019

Senadores pidieron más antecedentes sobre cuáles son los argumentos técnicos del plazo estipulado para la recaptura, además de la definición del 10% y la sobrevivencia del salmón escapado.

Haciendo presente que en el trámite en particular se requieren “algunas modificaciones”, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado respaldó -en general- el proyecto que modifica la Ley N°18.892, General de Pesca y Acuicultura (LGPA), en materia de prohibición de captura de especies salmonídeas provenientes de centros de cultivo.

– Revise aquí todos los detalles de la Comisión

El texto -que ahora será analizado por la Sala del Senado- permite la captura, sea mediante pesca deportiva foto_0000000520190625082647o por el sector de pesca artesanal, de especies salmonídeas que se hayan escapado de centros de cultivo o dejados en libertad por sus dueños, que se encuentren fuera del área de concesión, excepción sea hecha tratándose de aguas terrestres e interiores comprendidas en parques nacionales, ya sean terrestres o marítimos.

Producido el escape en un centro de cultivo, habrá una prohibición de captura de dichas especies en el área marítima de la región que corresponda, mientras dure el plazo que la empresa afectada tenga para su recaptura, de acuerdo con lo establecido en la norma respectiva.

Es decir, cuando se produce el escape la empresa debe hacer la denuncia y ahí comienza a correr un plazo de 30 días para la recaptura, el que se puede ampliar a 30 días más. Con todo, si las salmonicultoras no alcanzan a capturar, al menos, el 10% de los escapados hay una presunción de daño ambiental.

Al respecto, los integrantes de la Comisión solicitaron más antecedentes sobre cuáles son los argumentos técnicos del plazo estipulado, además de la definición del 10% de recaptura y la sobrevivencia del salmón escapado.

Con respecto al proceso de sanción por daño ambiental, la directora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Alicia Gallardo, transparentó que al alcanzar el 10% de recaptura no quiere decir que no hay sanción por daño ambiental, pero en este caso quien hace la denuncia es el que tiene la carga de la prueba.

Fiscalización

La directora nacional detalló que una vez notificado el escape, Sernapesca evalúa en terreno las condiciones del evento y posible magnitud de la fuga; verifica la aplicación del plan de acción ante contingencias, incluida la recaptura, y comprueba la adecuada mantención de estructuras de cultivo, conforme normativa, incluyendo las condiciones sanitaria y uso de antibióticos por jaula de cultivo.

foto_0000000420190625082647Con respecto al uso de antimicrobianos, Allicia Gallardo destacó que en comparación al año 2017, el consumo total disminuyó en un 24% y aclaró que no está permitido el uso de antibióticos de forma preventiva; además, “al momento de cosecha debe existir un período de carencia, es decir, no habrá residuos en la carne, para que el consumidor tenga un producto inocuo”.

Para el reporte de uso de antimicrobianos, se indicó que todos los centros de cultivo (mar y agua dulce) reportan de manera mensual a Sernapesca el uso de antimicrobianos y otros medicamentos veterinarios a través del Sistema de Información para la Fiscalización de Acuicultura (SIFA).

Al respecto, la senadora Ximena Rincón pidió que se oficie para conocer el control que se efectúa en los salmones escapados y la posible presencia de antibióticos en ellos y en la harina de pescado, si fuera el caso.

Durante la sesión también estuvo presente el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Eduardo Riquelme.

– Vea aquí el texto íntegro de la moción, discusión y análisis

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*Fuente de la foto destacada (de contexto): AquaChile.

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