A congresistas: Trabajadores pesqueros entregan sus indicaciones por «ley corta»

Jun 11, 2019

Los dirigentes dijeron quedar expectantes, asegurando que las indicaciones apuntan a la "necesidad de proteger el patrimonio que tiene el sector laboral en la industria".

La entidad denominada Embarcados de Chile, y que representa a trabajadores del rubro industrial, emitió un comunicado de prensa para referirse al proyecto de «ley corta» de pesca. A continuación lo reproducimos:

«Este lunes 10 de junio, se cerró el plazo para que el Senado recibiera indicaciones al proyecto de ‘ley corta’ y los dirigentes de los trabajadores pesqueros, representando a los laborales embarcados, de plantas y empresas de servicio a la industria pesquera, entregaron a parlamentarios las indicaciones que defenderán los derechos de los trabajadores frente a cambios legislativos.

Juan Carlos González, presidente del Sindicato Interempresa de Oficiales de Naves Especiales y MMN, dijo que: «Fueron muy bien recibidas y acogidas por parlamentarios de nuestra zona, como el diputado Gastón Saavedra y su par Jaime Tohá, y el senador Alejandro Navarro. Nuestras indicaciones las canalizó a la Cámara Alta el senador Álvaro Elizalde y las recibió el propio presidente de la Comisión de Pesca, senador Rabrindanath Quinteros, y la senadora Carolina Goic».

La comitiva de dirigentes de trabajadores pesqueros trabajó toda la semana anterior, incluyendo el sábado, en propiciar el diálogo con los parlamentarios y valoraron que la recepción y la expresión de estos es de apoyar en la discusión en particular, trámite que viene ahora. Entre quienes trabajaron estuvieron el propio González, Eric Riffo, presidente Motoristas; Hugo Roa, presidente Tripulantes de Cerco; Ricardo Flores; presidente Tripulantes de Arrastre; Elena Fuentes, vicepresidenta Trabajadores de Planta, Fesip y varios integrantes de las directivas mencionadas.

González dijo que el propio senador Quinteros les manifestó su disposición a atender necesidades respecto de cuidar el trabajo y el empleo formal, y parlamentarios como el diputado Saavedra y el senador Navarro señalaron que apoyarán estas indicaciones.

Los trabajadores pesqueros quedan expectantes, agregó el dirigente, explicando que las indicaciones apuntan a la necesidad de proteger el patrimonio que tiene el sector laboral en la industria pesquera que es su «trabajo». Recordó que desde hace años el sector laboral industrial es el que se ve afectado por los cambios legislativos, quedando en la más absoluta desprotección, pues tradicionalmente se legisla contraponiendo los intereses entre los sectores artesanal y el industrial, sin considerar las consecuencias para el sector laboral.

Hizo ver que, entre los puntos de la «ley corta» está la eliminación de la renovabilidad de las licencias transables de pesca y otros cambios legislativos, que producirán necesariamente despidos de trabajadores, por lo que se hace necesario compensar la pérdida de los trabajos con medidas razonables y adecuadas, y así poder paliar en parte tales efectos.

«Se incluye la ayuda que el Estado debe brindar a los trabajadores del sector laboral jibiero, con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley N°21.131, cuyos trabajos han comenzado a verse afectados desde la publicación de la señalada ley, circunstancia que se agravará una vez que ésta entre en vigencia, en agosto», subrayó.

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La indicación del caso es que para los trabajadores de la industria extractiva o de procesamiento que pierdan sus trabajos con ocasión de la entrada en vigencia de la ley que pone término a la renovabilidad de las licencias transables de pesca, cualquiera sea la causal invocada por el empleador haya, para aquellos mayores de 50 años, una pensión calculada sobre la base del promedio de las tres remuneraciones más altas percibidas en los últimos 24 meses efectivamente trabajados, compatible con otro trabajo o empleo; y para aquellos menores de 50 años, una pensión de dos ingresos mínimos mensuales, la que tendrá carácter de heredable y compatible con otro trabajo, o empleo; además de considerar un programa de reinserción laboral, de manera que quienes liciten las licencias transables de pesca con vigencia a partir del año 2033 deban considerar a estos en sus contrataciones.

Asimismo, se deberá considerar una partida especial para el Fondo de Administración Pesquero con cargo íntegramente a lo obtenido como primera anualidad de lo subastado de las licencias transables de pesca. Dicha partida deberá destinarse primeramente a indemnizar a los trabajadores de la industria extractiva o de procesamiento que pierdan sus trabajos con ocasión de la entrada en vigencia de la ley que pone término a la renovabilidad de las licencias transables de pesca, cualquiera sea la causal invocada por el empleador. La distribución e ítemes de estos pagos está apuntado en las indicaciones del sector laboral.

Para los trabajadores de la industria jibiera, sea que laboren en planta o embarcados, que con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley N°21.134 hayan perdido sus fuentes de trabajo, se les pagará una pensión conforme al promedio de los últimos dos años de sus rentas. Y se deberá otorgar becas escolares para los hijos e hijas de los trabajadores de la industria que resulten desvinculados de sus trabajos con ocasión de la entrada en vigencia de la señalada ley, por un monto de 400 unidades de fomento por trabajador.

Cuidar quien licita

Otra indicación laboral está ceñida a quienes licitan, pues los trabajadores han señalado, en diversas ocasiones, que los procesos ya realizados (2018) han concentrado los recursos, y por otro lado temen que ingresen especuladores al sector que no cuiden los recursos del mar ni los humanos.

Piden que el reglamento de la subasta regule los criterios de selección de los postulantes y proponen considerar entre ellos, la capacidad financiera y técnica del postulante, para efectos de demostrar suficiente capacidad para explotar los recursos que licita; y que de conformidad con el programa de reinserción laboral establecido en el artículo 173 de la ley, se aboque a contratar primeramente a aquellos trabajadores de la industria que hayan perdido sus fuentes de trabajo con ocasión de cambios legislativos en la ley.

Que, según artículo e inciso de la ley, haya criterios de evaluación de las ofertas, de los criterios y procedimientos de adjudicación; ccriterios para fijar los lotes a subastar, debiendo incluir lotes exclusivos para las empresas pequeñas y medianas, de conformidad con la definición de la Ley N°20.416, como para postulación de proyectos relacionados con incentivos a la innovación, generación de empleo, consumo humano y desarrollo económico local. La cantidad de lotes podrá depender, entre otros factores, de los niveles de concentración de la industria, del tamaño de la cuota y de la condición biológica del recurso, y criterios para definir la asignación de los lotes».

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