El Análisis de Políticas Públicas (APP) N°69 de Fundación Terram, escrito por los abogados Christian Paredes e Ignacio Martínez, realiza una repaso crítico a la regulación ambiental que rige la salmonicultura, para luego contrastar su aplicación con los principios jurídicos que le inspiran.
De esta manera, el equipo jurídico de Fundación Terram comienza por definir la acuicultura como una “actividad que tiene por objeto la producción de recursos hidrobiológicos organizada por el hombre” y que se ha consolidado como una de las industrias de orientación exportadora más importantes de Chile, siendo particularmente la salmonicultura la que le lidera.
El problema identificado es que esta actividad y su regulación se han mostrado, principalmente, reactivas ante los distintos eventos inesperados que han afectado el medio ambiente. La mortalidad masiva de salmones producida por un florecimiento algal nocivo (FAN) o el hundimiento del wellboat «Seikongen» –y su deficiente plan de reflotamiento– han visibilizado la necesidad de una regulación cada vez más intensa y demuestra que el régimen actual ha sido incapaz de prevenir y dar una respuesta adecuada a las situaciones de catástrofe.
A lo largo del documento, titulado «La regulación ambiental aplicable a la salmonicultura y los principios jurídico-ambientales que la inspiran», se presentan las diferentes regulaciones ambientales que rigen este sector económico. En primer lugar, se analizan los artículos específicos de la Constitución Política de la República que norman las labores que afectan en el entorno; luego, los instrumentos que establece la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (LGBMA) que inciden específicamente en la industria del salmón; después, la Ley N°18.892 General de Pesca y Acuicultura (LGPA) y las diversas regulaciones que le han modificado en pro de mejorar los mecanismos en este rubro productivo; para finalmente pasar a presentar los instrumentos específicos que rigen la salmonicultura, como son el Reglamento Ambiental para la Acuicultura (RAMA), el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas (RESA) y el Reglamento sobre Plagas Hidrobiológicas (REPLA).
«Todos ellos tienen una base teórica común que les inspiran o informan, la cual define los criterios y directrices que orientan la interpretación, desarrollo y aplicación de las diferentes medidas antes mencionadas. Esta base se compone por principios jurídico-ambientales, como son el ‘principio precautorio’ y el ‘enfoque ecosistémico’, los cuales, a ojos de los investigadores, ‘no han resultado eficaces para orientar las políticas, decisiones públicas y regulaciones en materia de salmonicultura'», enfatizaron desde Fundación Terram.
Para conocer la crítica que presenta esta ONG en su APP N°69 al funcionamiento de la industria del salmón en Chile, le invitamos a revisar el documento aquí.