En el marco del denominado «caso antibióticos», la Corte Suprema (CS) confirmó que acogió el recurso de queja del Consejo para la Transparencia (CPLT), por lo que el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) deberá entregar antecedentes sobre uso de pesticidas y presencia de dos enfermedades infecciosas por centro salmonicultor de dos compañías que operan en el sur-austral del país.
El dictamen del máximo tribunal deja sin efecto la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (región de Los Lagos), que permitía a los privados mantener bajo reserva información de sus centros de cultivo.
«Se ratifica la decisión del CPLT sobre el amparo, obligando con ello a Sernapesca a entregar información sobre uso de fármacos y enfermedades que afectan a los salmónidos de los centros de producción de dos empresas en las regiones de Los Lagos, Los Ríos, Aysén y Magallanes por centro de cultivo», subrayó la CS.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt había acogido el recurso de ilegalidad presentado por Salmones Multiexport S.A. y Multiexport Pacific Farms ante una solicitud de acceso a información sobre centros de salmónidos de ambas compañías alegando afectación de sus derechos económicos o comerciales.
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El requerimiento fue realizado a firmas productoras de distintas regiones del sur del país, pero las dos mencionadas decidieron llevar el caso a tribunales con el objetivo de mantener bajo reserva información de ciertos períodos sobre uso de pesticidas –deltramina y/o cipermetrina- en centros de cultivo de Los Lagos, Aysén y Los Ríos, y los listados de pisciculturas o centros de producción que reportasen presencia de dos patologías que afectan a los peces en las mismas regiones más Magallanes. En específico, la solicitud apunta al conocimiento de antecedentes sobre la presencia de flavobacteriosis y de la septicemia rickettsial salmonídea (SRS) en cualquiera de las etapas de cultivo.
«Se hace un reconocimiento explícito de que se trata de información ya publicada. Sin embargo, los antecedentes no se encuentran disponibles en fuentes de libre acceso de forma desagregada, es decir, por centro de cultivo. Asimismo, la sentencia desecha la causal de reserva aludida subrayando que las reclamantes no rindieron prueba que permita establecer la afectación de sus derechos económicos o comerciales y que en la forma en que fue realizada la solicitud sigue siendo genérica», ahondaron desde la CS.
En tanto, el Sernapesca tiene plazo para hacer entrega de los antecedentes a la persona que lo solicitó hasta este miércoles 11 de diciembre.
Descargue aquí el Fallo_Corte Suprema_Rol N°17.310-2019
*Fuente de la foto destacada (de contexto): Oceana.