Aseguran que revisión a la ley de pesca será con «total transparencia»

May 27, 2018

Los senadores trabajarán sobre un comparado entre el mensaje, diversas mociones que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura y la actual regulación.

Con el fin de avanzar hacia un perfeccionamiento de la llamada «Ley Longueira», la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado sentó las bases para comenzar el análisis del mensaje que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), en lo relativo a las licencias transables de pesca (LTP) e incorpora normas para prevenir la pesca ilegal, que ingresó a tramitación el viernes 4 de mayo.

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La instancia congresista acordó preparar un comparado entre este proyecto, denominado «ley corta» (boletín 11704-21), diversas mociones que Comisión de Pesca (Foto Senado)modifican la normativa (10190-21, 11642-21) y la actual legislación vigente en nuestro país.

Transparencia

La Cámara Alta publicó un comunicado en su sitio electrónico donde los senadores de la Comisión de Pesca aseguran que generarán «instancias de diálogo con todos los involucrados» y realizarán un «catastro de los puntos que tuvieron reparos para trabajar con claridad».

Otro de los aspectos que «no se descuidarán –agregaron- es que se abrirá un debate con total transparencia».

El senador Rabindranath Quinteros, presidente de la Comisión, adelantó que es crítico respecto del mensaje presentado por el gobierno pues, a su juicio, «este proyecto no resuelve el principal error de la ‘Ley Longueira’, la que no se pronunció respecto de la propiedad pública de los recursos hidrobiológicos. A partir de esta omisión, la ley entregó licencias pretendidamente indefinidas, que hoy la ciudadanía exige revertir. Por esto, cualquier proyecto de ley debe reconocer de manera clara y categórica que los peces y demás recursos hidrobiológicos en nuestro territorio marítimo pertenecen a todos los chilenos y su administración es responsabilidad del Estado».

En la misma línea, los senadores coincidieron en que la pesca artesanal no está incluida en la «ley corta», sino que solo se hace cargo de la pesca industrial. Al respecto, la senadora Carmen Gloria Aravena afirmó que, desde la subsecretaría del ramo ya se están integrando distintas posiciones para incluir todos los aspectos en una próxima propuesta legislativa.

«Son más de 10.000 pescadores en Chile que requieren bastantes avances en torno a temas que no quedaron tan claros con respecto a la ‘Ley Longueira'», sentenció la congresista.

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Contenido del proyecto

Para conocer algunos detalles de la «ley corta» presentada por el Ejecutivo, el Senado preparó un resumen en donde subrayó que la esencia de la iniciativa es realizar modificaciones al sistema de otorgamiento de las LTP.

– ¿Cuáles serían las modificaciones?

El régimen de asignación de licencias transables de pesca (LTP) sufre importantes modificaciones en este proyecto de ley, tanto respecto del articulado permanente de la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) aplicable a pesquerías que en el futuro sean administradas con LTP, como respecto de las LTP clase A ya otorgadas por aplicación del artículo segundo transitorio de la Ley N°20.657, como clase B subastadas de conformidad con el actual artículo 27 de la LGPA. Asimismo, se contemplan una serie de modificaciones formales o adecuatorias.

– ¿Se consideran cambios al régimen de LTP?

Se reemplaza el artículo que regula las licencias transables de pesca clase A, en aquellas pesquerías que están plenamente explotadas y administradas con cuota global de captura. Las nuevas licencias no tienen indicación de clase ya que se originan en su totalidad en subastas.

Se otorgan por una duración de 20 años, sin renovación. Las autorizaciones de pesca vigentes al momento de entrar en vigencia las referidas licencias, expiran por el solo ministerio de la ley, al igual como ocurre actualmente al declararse los regímenes de pesquerías en recuperación y de desarrollo incipiente.

En razón de lo anterior, se elimina el artículo 26 B que se torna innecesario al contener actualmente el procedimiento y requisitos de renovación de licencias transables de pesca clase A.

En el artículo 27 nuevo se regulan los contenidos mínimos que tendrá el reglamento que regule las subastas, estableciendo que tanto este como las bases respectivas deberán velar por un sistema transparente y público de asignación, que permita el acceso de nuevos actores y/o la expansión de los de menor tamaño; evita la concentración del mercado y promueve la libre competencia entre los interesados. Y se consagra expresamente la caducidad por no pago de la cuota anual correspondiente a la subasta.

– ¿Qué medidas se tomarán ante la pesca ilegal?

Se propone reconocer expresamente la obligación del Estado de prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), de tal forma que sea uno más de los principios rectores de la administración pesquera, dando asimismo rango legal al Plan Nacional para prevenir y eliminar dicha pesca.

Concordante con lo anterior, se incorpora como causal de rechazo ante una solicitud de autorización de pesca, la circunstancia de encontrarse en listas de pesca ilegal. Con todo, se establece que el Estado de Chile deberá emplazar debidamente al armador de la nave, de forma previa a su incorporación en el listado, y de la exclusión de este.

Se establece, además, la prohibición de sustituir una nave por otra que se encuentre en listas de pesca ilegal; y, la prohibición de inscribir embarcaciones que estén en listas de pesca ilegal, en el Registro de Naves. Dichos listados son precisamente los mecanismos que tienen las organizaciones regionales de ordenamiento pesquero (OROP) para combatir y desalentar estas operaciones y sus procedimientos respectivos, tanto para incluir como retirar las naves, se encuentran debidamente regulados y dan garantía de un debido proceso.

Presione aquí para acceder al texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

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