El jefe de la División de Acuicultura de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), Eugenio Zamorano, afirmó que el tema en cuestión «establece una clara diferencia de categoría hacia el norte (área de riesgo de plaga) y hacia el sur (área de plaga) del actual límite de área de FAN».
Esa diferencia, argumentó, «reconoce la importancia de mantener medidas para evitar la dispersión de toxinas desde el sur de la línea FAN (florecimiento algal nocivo) hacia el norte, por lo que se deben mantener las medidas de vigilancia y control hasta hoy establecidas, como los actuales sistemas de control que el Servicio (Nacional de Pesca y Acuicultura) aplica a los wellboats al sur de Quellón (provincia de Chiloé, región de Los Lagos)».
La autoridad agregó que como Subsecretaría «llamamos a los actores del sector a colaborar e involucrarse en el trabajo de análisis que se debe realizar. No obstante, lamentamos las declaraciones confusas de algunos miembros de instituciones que participan del comité consultivo y que no entregaron sus observaciones».
Zonas FAN
Para disminuir los efectos negativos y el riesgo que representa este microorganismo para la salud pública y la actividad de la acuicultura, desde el año 2009 la Subpesca revisa y actualiza -cada dos años- la situación de las áreas FAN de Alexandrium catenella, en un análisis técnico científico en base a los estudios proporcionados por el Instituto de Fomento Pesquero (IFOP) -a través de sus investigaciones en 200 estaciones de monitoreo de marea roja ubicadas entre la región de Los Lagos y la de Magallanes- y a los resultados del programa de vigilancia con que dispone el Ministerio de Salud, a fin de detectar oportunamente situaciones de riesgo sanitario y adoptar las medidas necesarias para la seguridad.