«¿Realmente se trata de una resolución que tiene como fin la bioseguridad? ¿No será que realmente busca un control de la producción?».
Así se pregunta Invermar S.A. en el marco del recurso de protección que presentó ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (región de Los Lagos) y en donde la salmonicultora, a través de su abogado Kevin Venturelli Sims, sostiene que la resolución exenta (R.E.) N°3224 presentada en 2018 por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) determinó «en forma totalmente ilegal y arbitraria las densidades de cultivo de salmónidos de los concesionarios acuícolas».
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«La nueva regulación impuesta por la Subpesca perjudica a quienes tienen un desempeño más eficiente y pone en una situación desventajosa a las empresas que tienen pocas concesiones, respecto de las que tienen más en una misma Agrupación de Concesiones (ACS o ‘barrios’), aunque sean más ineficientes. Lo anterior debido a la consideración y consagración del elemento productivo, que no tiene relación con la bioseguridad. Lo anterior, se configura en una vulneración al derecho de igualdad ante la ley consagrado en la Constitución», es uno de los argumentos expuestos por la productora de salmónidos ligada a los Izquierdo Menéndez.
A su vez, sostiene que «establecer un limitante de la producción sin justificación legal no es acorde con la economía y al sistema legal de Chile. Asimismo, importa una discriminación arbitraria al tratar de forma distinta a diversos entes de la misma industria, favoreciendo aquellos que se encuentran en otras regiones. Por otro lado, la resolución importa una verdadera barrera de entrada, que perjudica a quienes quieran acceder a la industria».
Para Invermar, el actuar de la Subpesca, a través del subsecretario Eduardo Riquelme Portilla, y el jefe de la División de Acuicultura, Eugenio Zamorano Villalobos, fue «arbitrario e ilegal, vulnerando el principio del debido proceso que integra nuestro ordenamiento jurídico, el derecho a no ser discriminado arbitrariamente, la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad».
Descargue aquí el libelo judicial >> Recurso de protección_Invermar_Corte de Apelaciones de Puerto Montt
Mientras que para conocer la respuesta de la Subpesca a la misma corte, donde el organismo de Estado asevera que el recurso de la salmonicultora «cae en ineptitud, ya que ninguna parte de la impugnación dice relación con defectos de los informes técnicos, sino con las consecuencias que se derivan de aplicar correctamente la resolución, que busca resguardar el patrimonio sanitario de la industria chilena del salmón», descargue el siguiente documento >> Informe Subpesca_Caso con Invermar
Cabe destacar que al primer otrosí del recurso de la empresa, en donde se solicita la orden de no innovar, la corte lo rechazó; es decir, no accedió a suspender los efectos de las resoluciones que dieron origen a la definición de densidad.
Subsecretario
En medio del debate que ha generado el tema, este miércoles 20 de febrero el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Eduardo Riquelme, abordó la naturaleza de los ajustes a la norma de cultivos acuícolas impulsados en el último año, y aseguró que el Ejecutivo «en ningún caso» ha fijado cuotas de producción a los actores de la industria.
«No estamos fijando cuotas de producción, como algunos actores de la industria señalan, porque cada productor decide cuántos peces va a producir en su centro de cultivo. La densidad se traduce solo en determinar el número máximo de peces que se pueden ingresar por cada jaula para evitar el hacinamiento», subrayó la autoridad.
En esa línea, y conforme con los ajustes a la norma de densidad de cultivo, reiteró que la Subpesca determina el número máximo de ejemplares que pueden entrar en las jaulas con el objetivo de evitar el hacinamiento de los peces y la aparición de enfermedades. El guarismo depende del comportamiento ambiental y sanitario del centro de cultivo.
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«Nos preocupó el crecimiento descontrolado que la industria estaba proyectando en los próximos dos años, particularmente en la región de Aysén, sin que a su vez ello viniera aparejado con un desempeño ambiental y sanitario óptimo. De hecho, precisamente en Aysén se presentó un caso de ISA (virus de la Anemia Infecciosa del Salmón) el año pasado», adujo el timonel de la Subpesca.
Más adelante, dijo que como «gobierno decidimos actuar oportunamente, porque con la crisis del virus del año 2007 aprendimos que la densidad de cultivo y el número de peces en el agua es una variable que debe controlarse. Mientras más peces hay en el agua, es más alto el riesgo sanitario, y esto significa poner en peligro a toda la industria».
Así, concluyó que la Subsecretaría ajustó los niveles de densidad de cultivo para hacerlos más estrictos, frente a malos resultados sanitarios o ambientales, o a drásticos aumentos de producción. «No es correcto entonces afirmar que en la determinación de la densidad de cultivo solo se consideran las proyecciones de siembra de la industria, por cuanto la medida considera además el comportamiento sanitario y ambiental y productivo», previno Riquelme.